En ambos casos puedes:
Detener - Lectura de derechos como detenido - Puesta a disposición judicial
Detener - Lectura de derechos como detenido - Diligencia de puesta en libertad - Citación para el juzgado
Imputar - Lectura de derechos como imputado - Citación para el juzgado
En ambos casos, al no tratarse de un delito flagrante y contar únicamente con indicios (manifestación del denunciante) el proceder o no a la detención dependerá de que te proporcionen fianza bastante de comparecer en el juzgado cuando fueran requeridos para ello.
Al tratarse de delitos en los que existe testigo por parte del perjudicado/víctima lo más probable es que en el juzgado se realice una rueda de reconocimiento. La condena o no de estar personas dependerá de:
- Existencia de otros testigos que corroboren los hechos
- Pruebas recogidas durante la inspección ocular (huellas, marcas, etc.)
- Resultado de la rueda de reconocimiento
- Declaración del denunciado en dependencias policiales y en el juzgado (existencia de contradicciones, coartada, posee testigos, etc.)
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