Brako, el ámbito social ese al que haces referencia ¿donde se ve reflejado en la normativa de pabellones?. Si fuese para satisfacer la necesidad de vivienda a los sometidos a frecuentes cambios de destino, los forzosos gozarian de algún tipo de preferencia, y no es así.
Y el que adquiere una vivienda en la demarcación, no es necesariamente para establecerse allí, salvo que sea VPO, la vivienda es un negocio ( a veces sucio) y un Guardia Civil con pabellón no tiene porque quedarse fuera de ese negocio.

Como alguien ha comentado, se deberían se adjudicar midiendo la necesidad, pero eso ¿como se mide objetivamente?. Solo se me ocurre que se adjudiquen por un sistema de puntos, en que se valoren multitud de aspectos.