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Resultados 1 al 7 de 7
  1. #1

    DUDA VIOGEN

    Viene una señora a denunciar a su marido y cuenta que hace dos años la pegaba. ¿Procedería detención al haber pasado dos años de la ocurrencia de los hechos?.

  2. #2

    Re: DUDA VIOGEN

    [quote user="Avis" post="829074"]Viene una señora a denunciar a su marido y cuenta que hace dos años la pegaba. ¿Procedería detención al haber pasado dos años de la ocurrencia de los hechos?.[/quote]

    Tienes que valorar muchas cosas pero yo lo primero que valoraria es si existe o no convivencia.
    Si existe convivencia y hay parte de lesiones de la señora yo procedo a la detencion.
    Si no existe convivencia y hay parte de lesiones tambien procedo.
    Si no existe convivencia y no hay parte de lesiones, procedo a la imputacion.

  3. #3

    Re: DUDA VIOGEN

    Correctisimo Polillon.

    Un saludo.

  4. #4
    Manolo la Nuit
    Guest

    Re: DUDA VIOGEN

    [quote user="polillon79" post="829265"][quote user="Avis" post="829074"]Viene una señora a denunciar a su marido y cuenta que hace dos años la pegaba. ¿Procedería detención al haber pasado dos años de la ocurrencia de los hechos?.[/quote]

    Tienes que valorar muchas cosas pero yo lo primero que valoraria es si existe o no convivencia.
    Si existe convivencia y hay parte de lesiones de la señora yo procedo a la detencion.
    Si no existe convivencia y hay parte de lesiones tambien procedo.
    Si no existe convivencia y no hay parte de lesiones, procedo a la imputacion.[/quote]

    ¿Y si existe convivencia y no hay parte de lesiones? Ahí está la madre del cordero... porque el objeto de la detención inmediata no es, como en el resto de delitos, asegurar la presentación del detenido ante el juez, sino que principalemente es evitar el riesgo para la integridad física o la vida de la víctima, pero aquí no parece que haya riesgo (pendiente de valoración con más datos, claro, porque puede haber amenazas o la víctima manifestar que tiene miedo, en cuyo caso, como estos puntos estén recogidos en la denuncia y, tras haber denunciado y ser informado el denunciado de los hechos, les dejes volver a su casa y el tío en un ataque le meta una mano de ostias... no te digo nada si se la carga...)

  5. #5

    Re: DUDA VIOGEN

    Yo no me complicaría y procedería a su detencion. Puede ser que no le demos nosotros importancia y cuando se entere que su mujer lo ha denunciado tome represalias contra ella, asi que lo mas facil detencion y puesta a disposicion judicial. Que sea el juez el que determine en que situacion debe quedar.

  6. #6

    Re: DUDA VIOGEN

    Si existe convivencia hay que detener aunque no halla parte de lesiones. Sería un riesgo que denunciante y denunciado convivieran bajo el mismo techo.

  7. #7

    Re: DUDA VIOGEN

    Yo haría cualquier cosa menos apuntarlo en papeleta e irme de saliente-libre, o dejar una notita para el Sgto., o ni siquiera eso, que haberlos hailos.
    Manolo de la Nuit apunta el problema que normalmente encontramos.
    Eso de ir al Cuartel a comentar al Guardia esto o lo otro y que ésta no comparezca suele traernos problemas, graves problemas a posteriori.
    Todo el mundo lo sabe, hasta el Guardia que pilló de Puertas el día antes, pero si la agrede o se la carga, nadie pide explicaciones al resto de la familia cuando le decían que no denunciara al padre, a los vecinos que oían las palizas o los insultos, a Asuntos Sociales que hacían "el seguimiento del caso", a la Concejala de Igualdad y Bienestar Social que con invitarla a café "ya estaba cumpliendo" y así etc, etc, etc.........
    La detención como bien apuntan los compañeros no tendrá como objetivo asegurar al supuesto autor, sino proteger a la víctima, y aquí entra la alarma social que generan estos casos (mano de santo).
    Tú "aplica" la Ley y que el mochuelo le cuente al Juez lo mal que ha estado en el calabozo, lo injusta que es al 1/04, lo discriminado que se siente y el poder que ahora tienen las mujeres y toda la liturgia que rodea a estos sujetos.
    Si hay convivencia y no hay lesiones (o cualquier otra de las conductas tipificadas como delito en relación a VdG) y esta persona ha acudido al Cuartel, que solicite una Orden de Protección. Si no la quiere, diligencias a prevención.
    Y así se duerme más tranquilo que la mar.

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