[quote user="pocket" post="835841"][quote user="zaguero" post="835826"]
Según la LOPD, salvo que alguien aporte normativa en contra, solo se pueden tratar datos personales en una base de datos de carácter policial en los dos supuestos tan repetidos con anterioridad, por lo que incluso introducir una infracción administrativa en materia de trafico contraviene lo estipulado en la LOPD, (compruebe usted si el destacamento de trafico próximo a su unidad graba en sigo una infracción por cinturón de seguridad). [/quote]
PD: No escribo mas en este tema, ya que como he dicho antes me parece un idiotez que cualquier profesinal que se precie, despues de seis años trabajando con el sistema aun no sepa a quien puede introducir o no en el....... por otra parte SIGO tiene regulares inspecciones de la AEPD.... por si alguien no lo sabe[/quote]
Da igual lo que digas, habrá quién lo siga crticando y rajando. Es el único fin de algunos.
EFECTIVAMENTE, denuncias por cinturón de seguridad no las graban por varias razones. 1º por el volumen de denuncias por turno, con lo que si hay que grabarlas, se pasan más tiempo en la oficina que en la calle que es donde deben estar.
2º Si usan las PDAs, eso ya se almacena en otra base de datos.
Y por comparar, si te fijas y husmeas un poco te darás cuenta de que graban las infracciones por alcoholemia. Y en ambos casos no dejan de ser más que meras infracciones. De todas formas, tráfico tiene sus normas y va a otro rollo. Pero puedes buscar lo que graba cualquier otra unidad como seprona, usecic, iae etc. Se graba todo lo que tiene que ver y es de interés para el servicio.
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