Cita Iniciado por Manuel87 Ver mensaje
Plazo: Quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Ya sabes...si te sobra el dinero hazme bizum
???

Que se tenga cuidado a la hora de pagar que da error piensas que no has pagado y al volverle a dar pagas dos instancias.