Ley 42/99, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la
GUARDIA CIVIL


Artículo 100. Quejas.

1. El guardia civil podrá presentar en el ámbito de su unidad, centro u organismo quejas relativas
al régimen de personal y a las condiciones de vida en las unidades, siempre que no
hubiese presentado anteriormente recurso con el mismo objeto y de acuerdo con lo previsto
en el artículo 98 de esta Ley.

2. Las quejas se presentarán siguiendo el conducto reglamentario, pero, si no se considerasen
debidamente atendidas, podrán presentarse directamente ante el órgano responsable de
personal de la Dirección General de la Guardia Civil y, en última instancia, ante los órganos
de inspección de la Secretaría de Estado de Seguridad.

3. Si, con arreglo a los plazos y el procedimiento que reglamentariamente se determinen, las
quejas presentadas conforme a lo dispuesto en el apartado anterior se siguieran considerando
insuficientemente atendidas, se podrá interponer el recurso que proceda de conformidad con
lo previsto en el artículo 98 de la presente Ley.


Bueno compañero, tienes que hacer un escrito donde se relate todo lo que nos has contado. Nada de vaguedades, todo bien especificado: nombres, fechas, e incluso hora donde según nos cuentas se produjeron las irregularidades por las que tú te sientes perjudicado. Lo dirijes al inmediato superior del sargento, que es el mando que te está perjudicando (por ejemplo, al Capitán de la Compañía).
Tiene obligación de contestarte por escrito.

Pueden pasar dos cosas:
1.- Que el Capitán le de un toque al Sgto. para que no cometa arbitrariedades con el nombramiento del servicio y así te lo participe por escrito. Probablemente el problema se solucione.
2.- Que el Capitán considere que tu queja es improcedente y así te responda (por escrito).

Si no te sientes satisfecho con la contestación, continúas elevando tu escrito de queja al Jefe de la Comandancia, siguiendo el conducto reglamentario. Y así sucesivamente.

Ten en cuenta que, antes de que salga tu queja a la Dirección General, habrá dos o tres mandos que tendrán conocimiento del asunto que nos relatas y, por supuesto, preguntarán al Sargento: ¿Qué está pasando con el nombramiento del servicio y el descanso continuado? Siempre sobre los casos específicos que tú plantees en tu escrito de queja. Nada de vaguedades.

Por supuesto, el Sargento sabe que el Guardia Fulanito, utilizando los medios que la Ley le proporciona, no se va a dejar pisotear. Sus superiores le están haciendo preguntas incómodas que él tiene que responder. Asi podrás comprobar que te mira de otra manera, sabe que si vuelve a cometer una arbitrariedad contigo tendrá que responder ante el Capitán, el Tte.Coronel, el Coronel, DGGC,..... Sabe que no te conformas con "rajar del mando" y vas p´alante por derecho. Te respetará más, por la cuenta que le tiene.
Si existe alguna irregularidad manifiesta, demostrada y documentada, tienen que sancionar a ese Sargento. Si no lo hacen, continúas elevando tu escrito de queja a una instancia superior. Conducto Reglamentario.

Me voy a permitir darte un consejo:
ESCRIBE.
Recaba todos los datos e información que puedas para demostrar la veracidad de tu queja y cuando lo tengas todo bien argumentado y, si puede ser, documentado, ESCRIBE.
No te va a pasar nada. Canalizarás la frustración que te producen los presuntos mangoneos del Sargento de una manera positiva. Sin miedo, sin callarte. Te sentirás mejor, te lo garantizo. El Sargento dejará de nombrar el servicio a su albedrío (por la cuenta que le tiene) y sabrá que si patina tendrá que responder ante sus superiores.

ESCRIBE COMPAÑERO