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Resultados 31 al 40 de 40
  1. #31

    Re: Tendremos que pagar el doble de cuota en Navidad

    [quote user="pocket" post="836560"][quote user="miguelbadajoz1" post="836496"]En el Ejército esta circulando esta instancia que os aporto para pedir lo correspondiente de la paga extra de diciembre que se empieza a generar el día 1 de junio por lo tanto corresponderia cobrar la parte proporcional del 1 de junio hasta el momento en que entra en vigor el real decreto del sablazo, no se si harán caso pero por lo menos los hacemos trabajar y jode.... todo lo que se pueda, por favor hacerla circular entre vuestros compañeros para que con las rectioficaciones que cada uno tenga que hacer circulen todas las que se pueda.
    un saludo a todos

    DON, _____________________________________ (empleo) del Ejército de __________, con D.N.I. nº __________________, y con domicilio a efectos de oír notificación en su destino, en____________________________________________, sito en(dirección)_____________________________________ ____, ante A.V.E.

    EXPONE:


    PRIMERO: Que conforme a lo dispuesto en el art. 2 del Real Decreto-Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad de 13 de julio (BOE de 14/07/2012), que entró en vigor el 15 de julio de 2012, el gobierno ha dispuesto reducirme las retribuciones en el presente en ejercicio 2012 en las cuantías que en el mismo precepto se especifican.
    Igualmente se procede a la eliminación de la paga extraordinaria de diciembre:
    “Artículo 2. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público.
    1. En el año 2012 el personal del sector público definido en el artículo 22. Uno de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes.”

    SEGUNDO: Que el derecho al cobro de la paga extraordinaria de diciembre empieza a generarse desde el día primero de junio del ejercicio en curso hasta el día treinta de noviembre.
    Que dada la entrada en vigor el día 15 de julio del Real Decreto-Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad de 13 de julio (BOE de 14/07/2012), que suprime la paga extraordinaria de diciembre, no procede, de acuerdo con el artículo 9.3 de la Constitución, la retroactividad de una disposición sancionadora, no favorable, o restrictiva de derechos, por tanto, los derechos a la percepción de la paga extraordinaria de diciembre generados entre los días 1 de junio de 2012 y 14 de julio de 2012, son de obligado cumplimiento por parte de la Administración, debiendo ser abonados.
    Por lo anteriormente expuesto, y en su virtud, el (empleo) que suscribe A V.E.

    SOLICITA:

    Que teniendo por presentado en tiempo y forma el presente escrito, se sirva admitirlo, y en su consecuencia, en atención a todo lo argumentado, le sea abonada la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre generada antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad de 13 de julio (BOE de 14/07/2012), que entró en vigor el 15 de julio de 2012, por tanto desde el día 1 de junio hasta el día 14 de julio 2012.

    En a de de dos mil doce.




    EXCMO. SR. MINISTRO DE DEFENSA
    (PASEO DE LA CASTELLANA NÚM. 109) 28046 MADRID[/quote]

    ESta instancia tambien se paso por aqui... de hecho personalmente la curse el mes pasado, claro que debatiendo con el resto de compañeros, y mandos creo que "nos vamos a comer lo que yo te diga", pues en ningun momento te QUITAN la paga extraordinaria, es decir que ellos te la van a pagar al completo... eso si en el plan de pensiones en el 2015 con lo cual muy a mi pesar creo que esa sera su respuesta.....[/quote]Pues los descuentos en el 2015 tambien

  2. #32

    Re: Tendremos que pagar el doble de cuota en Navidad

    [quote user="Edinburgh" post="836580"][quote user="pocket" post="836560"][quote user="miguelbadajoz1" post="836496"]En el Ejército esta circulando esta instancia que os aporto para pedir lo correspondiente de la paga extra de diciembre que se empieza a generar el día 1 de junio por lo tanto corresponderia cobrar la parte proporcional del 1 de junio hasta el momento en que entra en vigor el real decreto del sablazo, no se si harán caso pero por lo menos los hacemos trabajar y jode.... todo lo que se pueda, por favor hacerla circular entre vuestros compañeros para que con las rectioficaciones que cada uno tenga que hacer circulen todas las que se pueda.
    un saludo a todos

    DON, _____________________________________ (empleo) del Ejército de __________, con D.N.I. nº __________________, y con domicilio a efectos de oír notificación en su destino, en____________________________________________, sito en(dirección)_____________________________________ ____, ante A.V.E.

    EXPONE:


    PRIMERO: Que conforme a lo dispuesto en el art. 2 del Real Decreto-Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad de 13 de julio (BOE de 14/07/2012), que entró en vigor el 15 de julio de 2012, el gobierno ha dispuesto reducirme las retribuciones en el presente en ejercicio 2012 en las cuantías que en el mismo precepto se especifican.
    Igualmente se procede a la eliminación de la paga extraordinaria de diciembre:
    “Artículo 2. Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público.
    1. En el año 2012 el personal del sector público definido en el artículo 22. Uno de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado, verá reducida sus retribuciones en las cuantías que corresponda percibir en el mes de diciembre como consecuencia de la supresión tanto de la paga extraordinaria como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes de dicho mes.”

    SEGUNDO: Que el derecho al cobro de la paga extraordinaria de diciembre empieza a generarse desde el día primero de junio del ejercicio en curso hasta el día treinta de noviembre.
    Que dada la entrada en vigor el día 15 de julio del Real Decreto-Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad de 13 de julio (BOE de 14/07/2012), que suprime la paga extraordinaria de diciembre, no procede, de acuerdo con el artículo 9.3 de la Constitución, la retroactividad de una disposición sancionadora, no favorable, o restrictiva de derechos, por tanto, los derechos a la percepción de la paga extraordinaria de diciembre generados entre los días 1 de junio de 2012 y 14 de julio de 2012, son de obligado cumplimiento por parte de la Administración, debiendo ser abonados.
    Por lo anteriormente expuesto, y en su virtud, el (empleo) que suscribe A V.E.

    SOLICITA:

    Que teniendo por presentado en tiempo y forma el presente escrito, se sirva admitirlo, y en su consecuencia, en atención a todo lo argumentado, le sea abonada la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre generada antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad de 13 de julio (BOE de 14/07/2012), que entró en vigor el 15 de julio de 2012, por tanto desde el día 1 de junio hasta el día 14 de julio 2012.

    En a de de dos mil doce.




    EXCMO. SR. MINISTRO DE DEFENSA
    (PASEO DE LA CASTELLANA NÚM. 109) 28046 MADRID[/quote]

    ESta instancia tambien se paso por aqui... de hecho personalmente la curse el mes pasado, claro que debatiendo con el resto de compañeros, y mandos creo que "nos vamos a comer lo que yo te diga", pues en ningun momento te QUITAN la paga extraordinaria, es decir que ellos te la van a pagar al completo... eso si en el plan de pensiones en el 2015 con lo cual muy a mi pesar creo que esa sera su respuesta.....[/quote]

    Al igual que tu Compañero, la cursé el 1 de agosto y ayer recibí escrito diciendo que tenían conocimiento y que tenían x tiempo para contestar bla bla bla, con respecto a lo de 2015, míralo bien pues en el BOE olvidaron poner la fecha, es decir que lo ingresarán en el plan de pensiones cuando les venga a bien.

    Te copio lo que dice el BOE:

    "Se suprime durante el año 2012 la paga extraordinaria del mes de diciembre y la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes del mes de diciembre. Las cantidades derivadas de esa supresión podrán destinarse en ejercicios futuros a realizar aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguro colectivo que incluyan la contingencia de jubilación, siempre que se prevea el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos en la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y en los términos y con el alcance que se determine en las correspondientes Leyes de presupuestos."

    Un saludo[/quote]

    de echo dice "PODRAN siempre que se prevea el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria" no que vaya a hacerse, asi que darla por perdida vaya...

  3. #33

    Re: Tendremos que pagar el doble de cuota en Navidad

    SINVERGUENZAS¡¡¡¡

  4. #34

    Re: Tendremos que pagar el doble de cuota en Navidad

    [quote user="FOCUSAAC" post="836262"][quote user="zaguero" post="836254"]Apuesto a que la paga de verano del año que viene tampoco la cobramos.... si no al tiempo.[/quote]
    De eso que no te quede duda, ojalá me equivoque. Date cuenta que hoy las altas instancias financiera de la UE han acordado que sí nos van a prestar dinero y ayer dijo el Presi que si ocurría esto se pensaría pedir dinero. Y la UE ha dicho que será con condiciones, ¡ea!... ahí viene quitar la paga extra de verano, quitarnos los días de Navidad y Semana Santa, repito: ojalá me equivoque.
    Pero, de todas formas, ¿sabes lo que te digo?, que no pasará nada, seguiremos trabajando sin más, porque, ¿qué podemos hacer? si hasta nos han quitado dinero si nos damos de baja (para los que quieran protestar, que conste que no es mi manera de actuar, que sólo he estado tres días de baja en 12 años en esta empresa).[/quote]
    Joer, te voy a proponer para dos medallas machote

  5. #35

    Re: Tendremos que pagar el doble de cuota en Navidad

    Por desgracia yo tambien soy de la opinión de la próxima paga de verano no la vamos a cobrar y que nos van a quitar los días de Navidad y Semana Santa.
    Y mientras tanto en mi Unidad ya estan planeando los fastos del Pilar, de verdad que es que somos unos borricos de tomo y lomo, con la que esta cayendo y encima a invitar a los alcaldes y demas politicuchos al cuartel para que se pongan hasta arriba de todo.

  6. #36

    Re: Tendremos que pagar el doble de cuota en Navidad

    [quote user="jorome034" post="837099"]Por desgracia yo tambien soy de la opinión de la próxima paga de verano no la vamos a cobrar y que nos van a quitar los días de Navidad y Semana Santa.
    Y mientras tanto en mi Unidad ya estan planeando los fastos del Pilar, de verdad que es que somos unos borricos de tomo y lomo, con la que esta cayendo y encima a invitar a los alcaldes y demas politicuchos al cuartel para que se pongan hasta arriba de todo.[/quote]
    lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-) lasplas:-)
    Y encima no están lo tiempos como para ir pidiendo donativo a los "colaboradores" o "patrocinadores", que verdaderamente lo están pasando mal económicamente en sus empresas.

  7. #37

    Re: Tendremos que pagar el doble de cuota en Navidad

    A ver si nos vamos enterando que los unicos que nos quedaremos al final sin paga extra seremos los supuestos funcionarios del Gobierno Central, en muchas administraciones locales y autonomicas nos las van a quitar, si no al tiempo.

    A ver cuando se da cuenta la gente que los mismos politicos que se estan en la administración central, se llevan al bolsillo tambien de las comunidades autonomas y de sus privilegios pues son los mismos, y nadie quiere quitarse lo suyo.

  8. #38

    Re: Tendremos que pagar el doble de cuota en Navidad

    A ver si nos vamos enterando que los unicos que nos quedaremos al final sin paga extra seremos los supuestos funcionarios del Gobierno Central, en muchas administraciones locales y autonomicas nos las van a quitar, si no al tiempo.

    A ver cuando se da cuenta la gente que los mismos politicos que se estan en la administración central, se llevan al bolsillo tambien de las comunidades autonomas y de sus privilegios pues son los mismos, y nadie quiere quitarse lo suyo.

  9. #39

    Re: Tendremos que pagar el doble de cuota en Navidad

    Yo conozco casos de "funcionarios locales", que a cambio de no cobrar la paga extra les van a dar una especie de gratificación económica que viene a sustituir a la anterior, para que no sufran los pobres...
    Lo que me dan ganas de :xrevienta:-) es ver como a mi alrededor se trabaja más que nunca... cosc:-)

    DE PENA.

  10. #40

    Re: Tendremos que pagar el doble de cuota en Navidad

    Nosé que tendrá menos lógica, si el quitar una extra, o el retirar el doble de los complementos de esa extra retirada, es como un doble castigo, la verdad que ultimamente ya se puede esperar uno de todo viendo estas osti** que nos dan en los lomos.

    madre mia y yo al leer el título del post pensaba que sería un error.......

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