La cosa es bien simple, siendo la incidencia laboral propia de las "praxis" de la Guardia Civil:
Se pueden dar dos casos:
1) que no se recoja la denuncia al ciudadano para no descuidar la seguridad en horarios sensibles: Se procederá a crujir al Guardia que no cumplió con su obligación para con el ciudadano
2) que asalten el cuartel mientras se recoge la denuncia del ciudadano: Se procederá a crujir al Guardia que no cumplió con su obligación de dar protección y seguridad al inmueble, a las familias que en el residen y al armamento y equipo de dotación del mismo...
Es fácil, siempre lo ha sido...
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