Los asuntos propios en la GCivil no están para cubrir imprevistos, compromisos o necesidades personales no previstas. Ya que te obligan, según la experiencia, a pedirlos con más de un mes de antelación, si te quires medio garantizar la concisión y disfrute.
Aquí los días de asustos particulares están prostituidos, más nos valía tenerlos sumados al crédito de vaciones y poder solicitar menos de 5 días y que pedidos de uno en uno o de dos en dos, no computase antigüedad.