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  1. #1
    General de Brigada Avatar de Trevelez
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    La reforma laboral, ¿es legal?

    El titular del juzgado, el magistrado José Ángel Folguera, considera que la norma podría vulnerar la igualdad proclamada en el artículo 14 de la Constitución debido a “la diferencia de trato entre trabajadores con derecho a prestaciones por desempleo y los que carecen de él en caso de improcedencia y opción por la indemnización por el empresario”, según se recoge en el auto hecho pública hoy.

    El juez, en concreto, ha elevado al TC una cuestión de inconstitucionalidad contra los artículos 18.8, 23.1 y 23.2 del Real Decreto de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

    Folguera ha tomado esta decisión ante las dudas surgidas en la aplicación de la reforma laboral en el marco de la causa abierta por el despido supuestamente improcedente de tres trabajadores. El juez ha elevado la cuestión de inconstitucionalidad a pesar de la oposición de la Fiscalía, que alegó que en la fecha del despido de los tres trabajadores “no era aplicable la norma controvertida”.

    La resolución explica que la legislación establece que un juez, cuando “considere que una norma con rango de Ley aplicable al caso
    y de cuya validez dependa el fallo pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión al Tribunal Constitucional”.

    El juez también señala que la Reforma Laboral podría incurrir en una “falta de los presupuestos habilitantes de fundamento, concordancia y motivación para la modificación completa por vía de Decreto Ley de la regulación del despido incluido el disciplinario”.

    El auto hechs público hoy pone de relieve una posible “diferencia de trato entre trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia ante el empresario/cliente en lo relativo al resarcimiento del lucro cesante en caso de declararse ilícita la ruptura contractual de unos y de otros”.

    El titular del Juzgado de lo Social número 30 de Madrid indica asimismo que la Reforma Laboral podría vulnerar el artículo 24.1 de la Constitución “en cuanto a la efectividad de la tutela judicial en la protección del trabajador frente al despido injustificado por la transferencia al obligado incumplidor de la opción entre un sistema completo de resarcimiento y otro parcial y en la restricción del acceso
    a los tribunales por la inexistencia de compensación completa de los daños y perjuicios ocasionados por la duración del proceso judicial”.

    También podría haber una vulneración del derecho al trabajo, reconocido en el artículo 35 de la Carta Magna, “al someterse a un régimen disuasorio y más oneroso la reanudación de la relación y la recuperación del empleo que la indemnización sustitutiva y el desempleo generado”.

    http://www.larazon.es/noticia/9388-u...eforma-laboral

  2. #2

    Re: La reforma laboral, ¿es legal?

    NO y algunas comunidades ya lo han llevado al Constitucional. Lo único que han hecho es abaratar el despido procedente.

    Pero... a disfrutar lo votado (para aquellos que lo hayan hecho claro jejejejejeje), para el resto... ajo y agua

    Un saludo

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