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Resultados 31 al 38 de 38
  1. #31
    los distintivos del cuerpo de especialistas del ejercito de tierra, no se pueden portar en el uniforme de la guardia civil, lo primero porque esos distintivos se llevan usando años por parte de la tropa pero solo están regulados para los suboficiales y oficiales, y segundo porque es un distintivo de función que se lleva mientras se ejerce esa especialidad. en los boletines que sale publicado el personal con determinada especialidad, no hace referencia en ningún momento en dicha publicación a que tengan derecho al uso del distintivo que corresponda, asi que no creo que nadie tenga una publicación en Bod donde diga que tiene derecho al uso de ese distintivo.
    Incluso si eres tropa especialista, y te haces suboficial de infantería, no puedes llevar el distintivo de especialista siendo de infantería, y eso siendo del mismo ejercito de tierra, por lo que he dicho antes, es un distintivo de función que se lleva solo el tiempo que eres especialista.

  2. #32
    Cita Iniciado por granaino30 Ver mensaje
    los distintivos del cuerpo de especialistas del ejercito de tierra, no se pueden portar en el uniforme de la guardia civil, lo primero porque esos distintivos se llevan usando años por parte de la tropa pero solo están regulados para los suboficiales y oficiales, y segundo porque es un distintivo de función que se lleva mientras se ejerce esa especialidad. en los boletines que sale publicado el personal con determinada especialidad, no hace referencia en ningún momento en dicha publicación a que tengan derecho al uso del distintivo que corresponda, asi que no creo que nadie tenga una publicación en Bod donde diga que tiene derecho al uso de ese distintivo.
    Incluso si eres tropa especialista, y te haces suboficial de infantería, no puedes llevar el distintivo de especialista siendo de infantería, y eso siendo del mismo ejercito de tierra, por lo que he dicho antes, es un distintivo de función que se lleva solo el tiempo que eres especialista.
    Pues ahora no se como ira pero tengo un compañero que era especialista en el ejército, solicitó autorización para uso del distintivo de su especialidad (hace años de la solicitud, minimo 9 años) y le contestaron positivamente, en los actos de las Patronas que he coincidido con el, lo llevaba en el uniforme

  3. #33
    En las primeras tres lineas retratas un discurso que he oido bastantes veces, sentencia lapidaria y dogmática, no es cierta y tu tambien lo sabes, lo mas importante y primero SI te lo conceden pues te lo pones, lo que sea, que he visto conceder barbaridades a unos e incomprensiblemente denegar otras....Segundo, no está expresamente prohibido, te limitas a hacer una interpretación basada en la interpolación de la normativa especifica de las FAS a la GC, y te recuerdo que por mucho que haya gente que lo desee desde hace muuuucho la GC no pertenece a las FAS. Este caso es equiparable a cualquier otro distintivo civil.
    Metiendome un poco en el tema sin marear mucho, a mi se me concedió autorización para portar sobre el uniforme ese distintivo y punto. Posteriornente esa autorización fue revocada en base a un argumento que es practicamente el que tu describes, Los MPTM/METPs/VE en las FAS no son Escala, ni tan siquiera los que tienen una relación de servicios permanentes, solo los militares de Carrera a partir del primer empleo de la Escala de Subofiales tenian correctamente definido el tema del distintivo en lo referente a curso de especialización, (resumiendo bastante el tema) Como inciso, el hecho de haber obtenido el empleo de Sargento Especialista y haber obtenido posteriormente el empleo de Guardia Civil no ofrece ningun impedimento "legal" al uso del distintivo, (aunque empezaste diciendo que NO se puede)
    En mi promoción de GC entraron dos Sargentos Especialistas, conocidos por mi personalmente, no es imposible y hace 20 años no era tan descabellado te lo juro).
    Retomando, si bien continuas diciendo que el uso del distintivo por la Tropa en el propio ejercito no está regulado su uso nada mas que para mandos, este extremo tampoco es realmente cierto, está regulado su uso dado por la función que se desarrolla en el trabajo diario , si bien la especialidad fundamental es y será siempre ESPECIALISTA, recuerda que no se te podía destinar siendo MIN a un puesto ICO/ADM, etc., así que a partir de ahí le puedes empezar a hincar el diente al asunto, al respecto había una IT, recuerdo que una vez que terminabas en el IPE y te destinaban a otra UCO del mismo ET habia mandos que intentaban limitar el uso del distintivo referido, (por eso se que existe) a mi me hicieron quitarmelo en un desfile de Santa Bárbara o San Fernando (no recuerdo ni la cara del mando aquel solo que era un MECO).

    Finalizando; con la controversia del distintivo, se generaría derecho al uso del distintivo por ejemplo de mi especialidad ADM en las siguientes condiciones y aun siendo Tropa originariamente, si la especialidad se hubiese obtenido a traves del 1 al 3 Curso de Cambio de Trayectoria, yo hice el 3, el 4 ya se denominaba Curso de Cambio de Especialidad, y no eran las mismas condiciones exactamente. Ya que esos cursos al contrario que el acceso directo, pertenecen a la Enseñanza Militar de Especialización/perfeccionamiento en toda su extensión. generando en primer lugar derecho al uso de un distintivo de curso. Por el contrario lo que le pasaba a los Pitufos y a los de acceso directo, que su enseñanza se correspondia a la enseñanza militar de formación con la cual obtenian una especialidad fundamental y hasta ahí (unos titulaban hasta en lo civil)...los de cambio No, hacian un curso de perfeccionamiento/especialización. El agujero en todo esto es como todo, generabas derecho al uso de distintivo y como siempre se solventan a medias si no afecta a escalas mas superiores pues no se arregla correctamente, y despues pasan cosas así.
    Tengo que agradecer al MADOC que resolvió un recurso de alzada al respecto del dichoso distintivo y del curso de perfeccionamiento, dandonos la razon a varios, la GC me autorizó el uso con la misma resolución referida, pero posteriormente otra persona no estaba en acuerdo y obviando la primera me resolvieron no tener derecho.....Al final da lo mismo, creo que la vida es corta como para estar con contenciosos de estas nimiedades. Pero que sepas que no es todo SI ó NO, blanco o negro...hay posiciones intermedias. Y que no hay que salir en el BOD si o si para acreditar algo. Es mi opinión
    Saludos
    Última edición por Dark Side Master; 22/09/2015 a las 02:37

  4. #34
    Cita Iniciado por Dark Side Master Ver mensaje
    En las primeras tres lineas retratas un discurso que he oido bastantes veces, sentencia lapidaria y dogmática, no es cierta y tu tambien lo sabes, lo mas importante y primero SI te lo conceden pues te lo pones, lo que sea, que he visto conceder barbaridades a unos e incomprensiblemente denegar otras....Segundo, no está expresamente prohibido, te limitas a hacer una interpretación basada en la interpolación de la normativa especifica de las FAS a la GC, y te recuerdo que por mucho que haya gente que lo desee desde hace muuuucho la GC no pertenece a las FAS. Este caso es equiparable a cualquier otro distintivo civil.
    Metiendome un poco en el tema sin marear mucho, a mi se me concedió autorización para portar sobre el uniforme ese distintivo y punto. Posteriornente esa autorización fue revocada en base a un argumento que es practicamente el que tu describes, Los MPTM/METPs/VE en las FAS no son Escala, ni tan siquiera los que tienen una relación de servicios permanentes, solo los militares de Carrera a partir del primer empleo de la Escala de Subofiales tenian correctamente definido el tema del distintivo en lo referente a curso de especialización, (resumiendo bastante el tema) Como inciso, el hecho de haber obtenido el empleo de Sargento Especialista y haber obtenido posteriormente el empleo de Guardia Civil no ofrece ningun impedimento "legal" al uso del distintivo, (aunque empezaste diciendo que NO se puede)
    En mi promoción de GC entraron dos Sargentos Especialistas, conocidos por mi personalmente, no es imposible y hace 20 años no era tan descabellado te lo juro).
    Retomando, si bien continuas diciendo que el uso del distintivo por la Tropa en el propio ejercito no está regulado su uso nada mas que para mandos, este extremo tampoco es realmente cierto, está regulado su uso dado por la función que se desarrolla en el trabajo diario , si bien la especialidad fundamental es y será siempre ESPECIALISTA, recuerda que no se te podía destinar siendo MIN a un puesto ICO/ADM, etc., así que a partir de ahí le puedes empezar a hincar el diente al asunto, al respecto había una IT, recuerdo que una vez que terminabas en el IPE y te destinaban a otra UCO del mismo ET habia mandos que intentaban limitar el uso del distintivo referido, (por eso se que existe) a mi me hicieron quitarmelo en un desfile de Santa Bárbara o San Fernando (no recuerdo ni la cara del mando aquel solo que era un MECO).

    Finalizando; con la controversia del distintivo, se generaría derecho al uso del distintivo por ejemplo de mi especialidad ADM en las siguientes condiciones y aun siendo Tropa originariamente, si la especialidad se hubiese obtenido a traves del 1 al 3 Curso de Cambio de Trayectoria, yo hice el 3, el 4 ya se denominaba Curso de Cambio de Especialidad, y no eran las mismas condiciones exactamente. Ya que esos cursos al contrario que el acceso directo, pertenecen a la Enseñanza Militar de Especialización/perfeccionamiento en toda su extensión. generando en primer lugar derecho al uso de un distintivo de curso. Por el contrario lo que le pasaba a los Pitufos y a los de acceso directo, que su enseñanza se correspondia a la enseñanza militar de formación con la cual obtenian una especialidad fundamental y hasta ahí (unos titulaban hasta en lo civil)...los de cambio No, hacian un curso de perfeccionamiento/especialización. El agujero en todo esto es como todo, generabas derecho al uso de distintivo y como siempre se solventan a medias si no afecta a escalas mas superiores pues no se arregla correctamente, y despues pasan cosas así.
    Tengo que agradecer al MADOC que resolvió un recurso de alzada al respecto del dichoso distintivo y del curso de perfeccionamiento, dandonos la razon a varios, la GC me autorizó el uso con la misma resolución referida, pero posteriormente otra persona no estaba en acuerdo y obviando la primera me resolvieron no tener derecho.....Al final da lo mismo, creo que la vida es corta como para estar con contenciosos de estas nimiedades. Pero que sepas que no es todo SI ó NO, blanco o negro...hay posiciones intermedias. Y que no hay que salir en el BOD si o si para acreditar algo. Es mi opinión
    Saludos
    Refloto... en breve haré petición formal y os contaré el resultado.

  5. #35
    Buenas tardes yo fui mptm especialista en mantenimiento de material y armamamento ( mma) del Ejército de Tierra. En septiembre solicite poder portal el distintivo de la especialidad y a principios de diciembre me contestaron negandomelo ya que los distintos del especialista del Ejército de Tierra fueron creados para la escala de suboficiales y de oficiales por lo que se nos negaba tal autorización. En el mismo escrito hace referencia a que veces anteriores hay más gc que lo han pedido y que también los han negado.

  6. #36
    O sea que tendrias que ser suboficial u oficial del cuerpo para poder llevar un distintivo que has llevado en el ejercito siendo tropa.......

  7. #37
    A quien le interese puedo mandarle en estos días el escrito. Para que lo lea. Pero es así parece ser que siendo tropa no podía llevarse el distintivo

  8. #38
    Guardia Civil Alumno
    Fecha de ingreso
    11 feb, 10
    Ubicación
    Galicia
    Mensajes
    1
    Hola,
    Hace un monton de tiempo que no entraba en este foro pero la vida da muchas vueltas y aqui me tienen de nuevo.
    Este tema me interesa ya que hace tiempo que lo tengo en mente y no sabia por donde tirar, ni preguntar.
    Cuando era soldado del ejercito de tierra, me fui al inolvidable IPE 2 de calatayud a estudiar mi especialidad, electricista ELM, y estuve unos 5 años ejerciendo como tal.
    Queria saber si siendo guardia civil, me corresponde algun distintivo del cuerpo de especialistas, bien sea un generico o un especifico de ELM o alguno del Ejercito de Tierra.
    Saludos

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