Se que estaran por ahi, pero no encuentro el post, ni nadie que me saque de dudas, por favor alguien que sepa de que fecha a que fecha van los turnos de navidad de este año, muchas gracias.
Se que estaran por ahi, pero no encuentro el post, ni nadie que me saque de dudas, por favor alguien que sepa de que fecha a que fecha van los turnos de navidad de este año, muchas gracias.
Buenas van desde el 1º 23-24-25, 2º 30-31-1, 3º 5-6-7, con sus libres por delante y por detrás según cada lugar y jefe, un saludo y suerte.
[quote user="Teresiana57" post="846659"]¿Y no podría ser...
1º.-Del 22 dic al 28 dic.
2º.-Del 29 dic. al 3 ene.
3º.-Del 4 ene. al 9 ene.
... de ahí elegir 3 dias y si la superioridad lo cree conveniente, añadir 2 libres por delante o por detrás, sin pasarse del turno?[/quote]
Va ser que si...
Saludos.
Ya han puesto las fechas de esta navidad o son las del año pasado, ya que no lo he visto.
Ya han puesto las fechas de esta navidad o son las del año pasado, ya que no lo he visto y en el puesto donde estoy nadie sabe todavía nada.
Necesito saber con seguridad los periodos de los turnos, por temas familiares, porque debo tomar antes de que comiencen las vacaciones, y como no me puede solopar, y para empezar en los ultimos dias de noviembre, me obligan a pedirlas entre el 1 y el 5 de octubre, pues me urge, gracias.
aún no han salido, esto dice la orden general
Artículo único. Permisos de Semana Santa y de Navidad.
Se añade el siguiente apartado a la norma Decimotercera de la Orden General número 7, de 5 de noviembre de 2009:
“4. Con la finalidad de compatibilizar la disponibilidad permanente para el servicio con la conciliación de la vida familiar
y laboral de los guardias civiles en los períodos de Semana Santa y Navidad, los miembros de la Guardia Civil disfrutarán
de tres días de permiso consecutivos en cada uno de los citados períodos.
Para garantizar la operatividad de las unidades, se establecerán turnos para su disfrute. Siempre que sea posible, los permisos
se concederán de acuerdo con las preferencias manifestadas por el personal. Cuando dichas preferencias no puedan
ser atendidas, por coincidir en el tiempo de disfrute varias solicitudes, la concesión de los permisos se ajustará a los criterios
establecidos para las vacaciones en el apartado 2.a) de la norma undécima de la presente orden general, en lo que sea
de aplicación. A efectos de prioridad, los turnos de Semana Santa y de Navidad se considerarán de forma separada.
En los meses de enero y de septiembre de cada año, el Director Adjunto Operativo, los Subdirectores Generales y el Jefede la Unidad de Coordinación establecerán, en el ámbito de sus competencias, las fechas de los turnos de permisos correspondientes
a los períodos de Semana Santa y Navidad. En estos períodos no podrán disfrutarse
ok muchas gracias, esperemos que se cumpla lo de septiembre.
pues...si no ha salido hoy.......jodidos andamos!!!!!!
Vaya panda de dejaos que hay por ahi arriba..
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