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Resultados 1 al 7 de 7
  1. #1

    Cabo de un Puesto habiendo Sbt. y SGT. Asuntos Particulares.

    Muy buenas compañeros quería saber si alguien me pudiera contestar a una cuestión, soy Cabo en un Puesto donde hay un Comant de Puesto Subt. y un Sgt de segunto, he pedido unos asuntos particulares y se me han negado porque hay otros guardias que lo han pedido y no tengo preferencia sobre ellos. Mi pregunta es si yo entros en el cupo con ellos o voy a parte. En la O.G. viene que es el el cupo entre los del mismo empleo, pero no se si en el caso que os cuento habiendo un Sut. y un Sgt, yo entro con los Guardias.
    Gracias.

  2. #2

    Re: Cabo de un Puesto habiendo Sbt. y SGT. Asuntos Particula

    Yo creo que solo entrarías en el turno de ellos si fueras el segundo de abordo, pero al ser comandante de puesto el subteniente y estar de segundo el sargento, creo que tu quedas con los guardias.

  3. #3

    Re: Cabo de un Puesto habiendo Sbt. y SGT. Asuntos Particula

    Como dice el compi,,,si no eres el segundo turnas con los demás..--

  4. #4

    Re: Cabo de un Puesto habiendo Sbt. y SGT. Asuntos Particula

    Tú vas en el turno de los cabos solamente. El Subteniente y el Sargento turnan entre ellos y los guardias turnan entre los de su mismo empleo. Si ves alguna duda, mírate la orden de vacaciones que seguramente te lo aclarará mejor que yo. Espero haberte ayudado

  5. #5

    Re: Cabo de un Puesto habiendo Sbt. y SGT. Asuntos Particula

    La O.G. 7/2009 sobre vacaciones dice:
    Disposición transitoria. Vigencia de las normas anteriores.
    2. Las disposiciones anteriores a esta orden, relativas a las materias a que se refieren las normas décima y decimosexta

    y la norma décima es:

    Décima. Disfrute por unidades , por lo consiguiente:
    Continúa en vigor en ese tema la O.G. 39/1984 que en lo que afecta dice:


    4.- REGULACIÓN DE LOS PERMISOS
    4.1.2. Específicas.
    Para que los servicios no sufran perturbación, simultáneamente sólo podrán disfrutar permiso ordinario:
    1. Comandancias.
    - Un Oficial Superior por Comandancia. En aquellas en que el número de efectivos de estos empleos sea superior a tres podrán disfrutarlo dos de modo simultáneo.
    - Un Oficial por Compañía. Cuando los efectivos de estos empleos sean superiores a tres podrán disfrutarlos dos simultáneamente. En ningún caso el número de Capitanes de una Comandancia que disfrute permiso coincidiendo en el tiempo podrá superar más del 50 por ciento de los efectivos de ese empleo.
    - Un Suboficial por Puesto. En aquellos Puestos que tengan efectivos de estos empleos en número superior a tres podrán disfrutar permiso de modo simultáneo dos Suboficiales.
    - Un Cabo por Puesto. En los Puestos con más de tres efectivos de este empleo podrán disfrutarlo dos simultáneamente. Cuando en un Puesto exista un solo Cabo turnará con el Comandante de Puesto según el orden general de preferencias.


    PODRÁN DISFRUTAR PERMISO DE FORMA SIMULTANEA:
    (escrito núm 688/93 S.G.J. Del Gabinete técnico)

    EN COMANDANCIAS:

    - Un Oficial Superior por Comandancia.

    - Un Oficial por Compañía. (en ningún caso el número de Capitanes de una Comandancia que disfruten permiso coincidiendo en el tiempo podrán suponer mas del 50% de los efectivos de ese empleo).

    - Un suboficial por Puesto.

    - Un Cabo por Puesto. (Cuando en un Puesto exista un solo Cabo, turnará con el Comandante de Puesto según la Orden General de preferencias). Nota: En los casos anteriores, si los efectivos de los citados empleos es superior a tres, podrán disfrutarlo dos de modo simultaneo.

  6. #6

    Re: Cabo de un Puesto habiendo Sbt. y SGT. Asuntos Particula

    La Orden General dice que cuando solamente hay un cabo éste turna con el comandante del puesto, por tanto no debería haber dudas al respecto.

  7. #7

    Re: Cabo de un Puesto habiendo Sbt. y SGT. Asuntos Particula

    El Cabo turna con el Comandante de Puesto si en el Puesto sólo estan los dos como mandos, en este caso al haber un sargento el Cabo no turna con nadie.

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