sobre el distintivo de permanencia en la guardia civil (blanco con rombo guardia civil rojo) es cierto que esta regulado en orden general dl cuerpo nº 35 de fecha 14 de Agosto de 1997 BOC nº 25 , pero recientemente un compañero mediante instancia solicito su concesión y le contestaron que no era necesaria la autorización hoy por hoy....., podría alguien confirmarme que ha recibido respuesta positiva o distinta a la que yo menciono sobre su utilización?, gracias
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