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Resultados 1 al 3 de 3

Tema: Duda

  1. #1

    Duda

    Alguien puede decirme donde pone por escrito o donde viene recogido (BOCG o algo) lo de que si el Comte. de puesto esta de libre el siguiente " se hace cargo del puesto" , (no, cesion como comte. de puesto) eso de lo que todo el mundo habla.. gracias

  2. #2

    Re: Duda

    En primer lugar tienes el artículo 38 del Real Decreto 1250/2001, ahí te habla de la sucesión del mando, en términos generales.

    "En ausencia del titular de un destino o cargo, le sucederá en el mando, con carácter interino o accidental, el guardia civil de mayor empleo que le esté subordinado; a igualdad de empleo, sucederá el de mayor antigüedad; entre los que tuvieran la misma, el que antes hubiera ingresado en el servicio, y de persistir la igualdad, el de mayor edad"

    A partir de ahí se desarrolla la modificación de la Orden General de Productividad para establecer el tema de la sucesión en los descansos del Comandante de Puesto.

    No se si era eso lo que preguntabas.

  3. #3
    SUPRIMIDO. CERRADO, no se aporta nada nuevo. EXPULSADO. VARIOS NIKS

    Le ruego deje de dar contestaciones en temas "viejos", que no aportan nada.

    ARANO
    Última edición por ARANO; 07/09/2016 a las 19:50

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