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  1. #12
    Cita Iniciado por El Bicho Verde Ver mensaje
    Si en realidad no le estoy quitando la razón a nadie. Solo digo que cada Unidad lo hace una forma parecida. He visto de todo. ¿Que el cte de puesto quiere ser el instructor de todo sin necesidad de que le llames? bien, no lo niego. Aunque lo veo difícil que estés de puertas en la España profunda y recojas, por ejemplo, una denuncia de robo de corderos y que pongas al sgto de instructor y le des al pastor las diligencias con la firma del secretario.

    Por mucho manual que se tenga, SIGO y lo que queráis, pero que lo único realmente válido, de cara al juzgado, es la LeCrim, y lo dice claro, el mas "caracterizado" y cuando se persone alguien superior, aquél se pondrá a las órdenes del superior haciéndose cargo este último de la instrucción.
    Eso de haciéndose cargo este último de la instrucción no viene así en la LECrim.

    Se presenta el general, en un escena de un homicidio y el capitán de la UOPJ le da cuenta y se pone a su disposición pero nada de que instruya el general. Lógico.

    Pues lo mismo para otros empleos.

    Y el Manual de PJ pone que instruye quien decida el Jefe de la Unidad.
    Última edición por obvio; 03/01/2024 a las 19:56

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