Eso de haciéndose cargo este último de la instrucción no viene así en la LECrim.
Se presenta el general, en un escena de un homicidio y el capitán de la UOPJ le da cuenta y se pone a su disposición pero nada de que instruya el general. Lógico.
Pues lo mismo para otros empleos.
Y el Manual de PJ pone que instruye quien decida el Jefe de la Unidad.
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