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Resultados 11 al 14 de 14
  1. #11
    Cita Iniciado por pikolo Ver mensaje
    Te refieres a un maximo de 45 horas nocturnas mensuales para mayores de 50? Esta en el manual de PRL?
    Servicios anuales

  2. #12
    Cita Iniciado por Ebro Ver mensaje
    Servicios anuales

    Y eso donde viene recogido? yo lo unico que he leido es lo de trabajos a turnos en la ley de prevencion de riesgos, que como bien han dicho se pasan por el forro

  3. #13
    Cita Iniciado por red-cap Ver mensaje
    Y eso donde viene recogido? yo lo unico que he leido es lo de trabajos a turnos en la ley de prevencion de riesgos, que como bien han dicho se pasan por el forro
    En ningún lado, no hay ninguna limitación ni recomendación al respecto. Lo que comenta ebro es el número de servicios que necesitas para ser declarado trabajador nocturno, declaración que, en la actualidad, no conlleva absolutamente ninguna distinción con el resto de compañeros.

  4. #14
    Cita Iniciado por red-cap Ver mensaje
    Y eso donde viene recogido? yo lo unico que he leido es lo de trabajos a turnos en la ley de prevencion de riesgos, que como bien han dicho se pasan por el forro
    Art. 13 O.G. 11/2014

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