[quote user="Juliet Burke" post="770795"][quote user="Marine_Esp" post="770785"][quote user="Juan33" post="770593"]No existe Falta relativa a la conducción de vehículos con alcoholemia positiva. O delito o infracción administrativa[/quote]¿Quiere decir que mi abogado se ha vuelto a equivocar? , ¿Se puede salir de un juicio solo con una infracción administrativa? Gracias[/quote]

En mi opinión, su abogado no se ha equivocado, solo que hay cierto malentendido en los conceptos planteados.

Creo que en su respuesta Juan33, le está dando a entender que en su caso, tal como nos lo plantea, usted no será castigado por delito contra la seguridad vial, sino por una infracción administrativa. Que me corriga si me equivoco o he perdido el hilo.

Respondiendo a la segunda pregunta, sí. Los juicios no son todos penales, en su caso, apunta a que sería civil. Por lo que no causaría antecendete penal, sino una mancha, como una multa de estacionamiento.[/quote]Uff... Muchas gracias por una contestación tan clara y rápido las piernas ya volvían a realizar espasmos involuntarios... Jejeje por cierto se me olvido contestarle anteriormente a una frase que me ha dicho anteriormente y si, todos tenemos derecho a equivocarnos pero también al deber de enmendarlo ahorrando el mayor dolor posible y siempre aprendiendo de ellos, fui bebido , si , pero no por tal soy una mala persona, todos los dias me levanto ,me pongo mi uniforme y hago lo que buenamente puedo para levantar este país (este mensaje va sobretodo referido al primer compañero,el cual, me decía que le pagara a la sociedad lo que le debía, pues amigo mío ,tanto en Bosnia en 2009,haití en 2009 y Líbano en 2011,creo que a la sociedad española le he dado mas que le debo.

Gracias