Anulan condena por incidentes en cuartel Guardia Civil al borrarse grabación





La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la sentencia del Juzgado de lo Penal número Uno, que condenó a un hombre por un delito de atentado contra agentes de la Guardia Civil porque no se ha podido recuperar la grabación de los incidentes, ocurridos en el cuartel de la Benemérita de Cieza.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que esa prueba era fundamental para acreditar lo que realmente ocurrió en el acuartelamiento, al que había sido conducido el denunciado tras ser detenido en la Venta de la Esperanza por negarse a identificarse y a abrir su coche.





El Juzgado de lo Penal declaró como hechos probados que el altercado se produjo el seis de junio de 2009, cuando agentes de la Guardia Civil investigaban la denuncia presentada por un vecino por los daños producidos en sus instalaciones y la sustracción de la llave de un montacargas.

Los agentes, ante la actitud de oposición mostrada por el acusado, procedieron a trasladarle al cuartel de Cieza, donde, según el Juzgado, provocó un altercado al abalanzarse contra dos de ellos, mordiendo en la mano a uno y golpeando y lanzado patadas contra ambos.

El juez lo condenó a un año y nueve meses de prisión por un delito de atentado y a dos penas de cuarenta y cinco días de multa, con una cuota diaria de tres euros, por sendas faltas de lesiones.

La Audiencia Provincial, al estimar el recurso que presentó el acusado, deja sin efecto la declaración de los hechos probados realizada por el Juzgado de lo Penal y la sustituye por otra en la que se afirma que aquél "se enzarzó en una discusión con los agentes en circunstancias que no se han podido determinar".

La sentencia señala que el apelante solicitó en la fase intermedia del procedimiento que la Benemérita aportar copia de las grabaciones efectuadas en el lugar por las cámaras de seguridad, que fue declarado pertinente por el Juzgado.

No obstante, por una confusión, las enviadas correspondían a los daños producidos en un establecimiento, por lo que al detectarse el error y solicitar las otras grabaciones, la Guardia Civil respondió que debió al tiempo transcurrido ya no era posible aportarlas.

"En este caso -dice el tribunal- la grabación del incidente hubiera aportado datos muy esclarecedores d elo que ocurrió en el pasillo de acceso al calabozo, donde se desarrolló el incidente enjuiciado; se trata, además, de la única prueba de descargo que asistía a la defensa frente a las de cargo, por lo que su desaparición causa una obvia indefensión al apelante".

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