Aunque parezca increible es asi, podemos llevar las 24h nuestra arma de fuego pero no pasa asi con la defensa extensible.han de darse esos tres requisitos, estar habilitado, tenerla de dotacion en la unidad y estar de servicio.Un saludo
Aunque parezca increible es asi, podemos llevar las 24h nuestra arma de fuego pero no pasa asi con la defensa extensible.han de darse esos tres requisitos, estar habilitado, tenerla de dotacion en la unidad y estar de servicio.Un saludo
Te falta un requisito más, "no está permitido su uso en servicios de orden publico"
Un saludo
Hola grigi, sin querer ser puntilloso no se consideraria eso un requisito, mas bien son para regular su uso, que como bien dices no se puede en ese tipo de servicio. Es por eso que el grs no la lleva de dotacion. Un saludo y felicidades por tu perfil y blog del que soy seguidor, un saludo
esta muy bien explicado
No me parece un tema para compartir en un apartado del foro al que puede acceder todo el mundo, ya estamos suficientemente jodidos como para darle más argumentos a los chorizos para poder jodernos en un Juzgado, solo faltaba que te tengas que defender de un delincuente y en cima te estén preguntando en un Juicio por si tienes habilitación o no para buscarte el fallo.
Vamos que nos tiramos mierda en lo alto nosotros mismos.
Saludos
Totalmente de acuerdo...
Me ha dicho un compañero que en la Comandancia de Huesca ya las tiene el Servicio de Armamento. Son ASP con funda rígida rotatoria pero no viene con el tapón de rescate.
En mi Comandancia, para marzo, empiezan los cursos de Defensa Extensible. Han pedido un número de personal para asistir al cursillo que equivale a poco menos de 1/4 del total de personal de SC.
El necio afirma, el sabio duda y reflexiona (Aristóteles)
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