El tiempo de baja para el servicio que se desarrolle en un período que no coincida con Semana Santa y Navidad, no tiene ninguna influencia en la preferencia que te corresponda para esos permisos. Si estuviste de baja todo ese tiempo antes de Navidad, eso no altera la preferencia que te corresponde para ese permiso.
Es decir, te engañaron con lo de la Navidad.
Si estás de baja coincidiendo con los turnos de Semana Santa y Navidad y no puedes disfrutar esos permisos, entonces ese hecho hace que para el próximo año tendrías preferencia sobre todos por no haber disfrutado los mismos.
En el tema de vacaciones, ya sean de verano o del resto del año, el tiempo de baja seguido superior a un mes, o en períodos alternos superiores a dos meses, sí afecta para algún orden de preferencia.
Para el verano, si hay que llegar a la 3ª preferencia, sí se tiene en cuenta las bajas que superen esos tiempos.
Para las vacaciones del resto del año, este tema afecta a la 1ª preferencia.
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