Pues yo hasta donde sé, es una orden legal. Para demostrar menoscabo en los derechos del detenido habría que demostrar que las órdenes dadas a los jefes de área van en contra de los derechos. No hay nada de ilegal en consultar con el jefe de área en si procede la petición de incomunicación o no. AUGC quizá debería leerse bien el 520 bis antes de poner en peligro una posible investigación. Es penoso que nuestros propios compañeros pongan en duda nuestro propio trabajo y lo miren de ese modo antes de pararse a pensar que , quizá, si un guardia civil da una orden "quizá hasta sea legal"...
Recomiendo una detenida lectura del citado artículo haciendo hincapié en lo referente a qué hacer mientras el juez decide sobre la petición de incomunicación, y los respectivos plazos.
Un saludo
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