A ver, en principio no tiene mas trascendencia de la que hay, y no hay ni que llamar al GIAT ni a PJ ni nada de nada. Si el usuario, previa comprobación de documentación, tiene la ITV del vehículo caducada, se le formula boletín de denuncia por la infracción, se le retira la pegatina del cristal por que no le corresponde llevarla ni usarla y final. Ahora, si de ello resultase, que, el vehículo tiene sello de haber pasado la inspección pero que por antigüedad del vehículo no le correspondiese tal período para la próxima sino menos tiempo, habrá primero que comprobarlo con la estación donde realizó la inspección o bien en otra próxima para que en la base de datos que ellos tienen se compruebe. Si de resultas de la comprobación diese como resultado que el vehículo no ha pasado la inspección pero que tiene sellado la documentación, entonces lo derivo al GIAT para que investigue, pero por dar con un pícaro, llamar a GIAT? cuando lo puedo yo solucionar? Vamos, que no voy a alargar la actuación mas de lo debido, ni voy a estar tanto tiempo con el paisano por que sí. Hay espabilados, y los tiempos que corren, hacen mas.