Hola compañeros. A ver si alguien me puede echar un cable con unas discrepancias que mantuve hace unos días con mi Oficial con respecto al uso de la nueva uniformidad. Os cuento el tema...

Hace unos días, debido al grado de calor considerable que hacía en la Unidad en la que estoy destinado, siendo yo el Jefe de Pareja decidí, previa consulta al Auxiliar que nos pondríamos el polo de manga corta de la nueva uniformidad. Cuando ya habían transcurrido unas dos horas de servicio, nos encontramos con el Oficial del Puesto, el cual nos interroga cual era el motivo por el cual nos encontrabamos usando el polo de manga corta sin haber sido autorizado expresamente por el Jefe de Zona. Yo respondo que la nueva O.G. de Uniformidad no dice nada al respecto en relación a la nueva uniformidad y que existía una Instrucción, en correo de DG Estado Mayor, con numero 25959 y fecha 12/12/2011 (posterior a la publicación de la O.G.) mediante la que se imparten ciertas instrucciones en el uso de la nueva uniformidad y concretamente en la que en el apartado 2 cita: "el nuevo uniforme de servicio se ha diseñado con caracter modular, no diferenciado entre invierno y verano, adaptándose gradualmente a las inclemencias meteorológicas, por lo que permite la libre combinación de todas las prendas que lo integran, con las limitaciones que se exponen a continuación:
a)...
b)..
c) En cualquier caso, todos los componentes de una misma patrulla, grupo, equipo de servicio o especialidad, deben prestar el servicio con la misma uniformidad y/o combinación de prendas"

El Oficial haciendo caso omiso a lo manifestado por mí, me responde que no hay nada de que hablar, que un guardia civil a su libre alberdío no pude decidir que modalidad ha de usarse y me ordena que me cambie inmediatamente el polo de manga corta por el de manga larga, ciñiendose a que la O.G. 12/2009 dice en su ANEXO 3-Instrucción 1.3 que "el período de tiempo en que deba utilizarse la modalidad de verano o de invierno será fijado por el Jefe de la Zona respectivo.."

¿Que opinais?. Yo entiendo, por las instrucciones posteriores del DAO, que esta nueva uniformidad no diferencia entre modalidad de invierno o verano, por lo que no debería de existir autorización expresa del Jefe de Zona al respecto para poner una u otra prenda, siempre que los componentes de la patrulla vayan uniformados de igual forma.

Estoy pensando en solicitar hablar con el Capitán a ver si él me puede aclarar algo al respecto o si no elevar una consulta, ya que creo que el Oficial no tiene razón y además no ha actuado correctamente. Pero principalmente me interesa que se de una respuesta concreta, más que nada para no tener que estar pasando el calor innecesario que pasamos mi compañero y yo ese día.

Aquí os dejo esto a ver si alguien puede ayudarme.
Un saludo de antemano y muchas gracias.