Los días particulares del año 2.012 se pueden pedir hasta el 14 de junio de 2.013.

Instrucción número 1/2012, de la Dirección General de la Guardia Civil por la que se amplía el plazo de solicitud y disfrute de los días de permiso por asuntos particulares correspondientes al crédito del año 2012.

El Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, determinará que, con efectividad de 1 de febrero de 2013, entre en vigor la modificación de la Orden General 7/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueban las normas sobre vacaciones, permisos y licencias del personal del Cuerpo de la Guardia Civil para adaptar, entre otras cuestiones, los créditos de días de permiso por asuntos particulares a las disposiciones del citado Real Decreto-Ley en dicha materia.

Ante la futura modificación y con objeto de racionalizar la disponibilidad del personal para el servicio en las Unidades de la Guardia Civil, resulta aconsejable ampliar el plazo de solicitud y disfrute de los días de permiso por asuntos particulares correspondientes al crédito de 2012.
En virtud de todo ello,
DISPONGO
Único.- Ampliación del plazo de solicitud y disfrute de los días de permiso por asuntos particulares.

Los días de permiso por asuntos particulares, a los que se refiere la norma decimocuarta de la Orden General 7/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueban las normas sobre vacaciones, permisos y licencias del personal del Cuerpo de la Guardia Civil,

Disposición final única.- Publicación y entrada en vigor.

correspondientes al crédito de 2012, no disfrutados a la entrada en vigor de esta Instrucción, podrán ser solicitados y disfrutados hasta el 14 de junio de 2013, en las mismas condiciones que las establecidas en la reseñada norma.
La presente Instrucción entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de la Guardia Civil”.

Madrid, 5 de octubre de 2012
EL DIRECTOR GENERAL,
Arsenio Fernández de Mesa Díaz del Río