Muchísimas gracias por la aclaración Heineken y a los demás. Una pregunta más en aquellos meses con cinco semanas según horario habrá que hacer casi 180 horas, es correcto?
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Muchísimas gracias por la aclaración Heineken y a los demás. Una pregunta más en aquellos meses con cinco semanas según horario habrá que hacer casi 180 horas, es correcto?
Casi, no. De hecho serán más de 180h...
37.5h/semanales * 5 semanas = 187.5h
De todas formas, ten en cuenta que eso sería un mes que no tuviera festivos, ni AP, ni vacaciones, ni descansos singularizados generados del mes anterior, etc...
Que seguro que los habrá, ojo. Pero no serán demasiados.
Un saludo.
Entonces el cuadrante ya no va del 1 al1?
No.
Los cuadrantes empezarán siempre un lunes (sea el nº de día que sea) y acabarán siempre en domingo (sea el número de día que sea).
Siempre semanas completas de lunes a domingo.
Por eso habrá cuadrantes de 5 semanas (como el próximo de abril) y cuadrantes de sólo 4 semanas como el de mayo, por ejemplo.
Entonces abril va del 30 de marzo al 3 de abril?
De mayo? Perdon
Sí, y se parte de 187,5 horas (en 35 días). Pero si descuentas 3 días de semana santa y el 1 de mayo, partes con 157,5. Si haces 19-20 servicios de 8 horas, el resto libres (15-16). Yo creo que está bien no? Preguntad a cualquier currante a ver qué le parece...
Las áreas de investigación de los Puestos que cobran al trimestre las horas de exceso, con la nueva orden general, ¿seguirían cobrandolas? Y los guardias que pertenezcan a las áreas de prevención y estén en algún grupo por ejemplo ROCA,que también cobran horas de exeso al trimentre¿ seguirán percibiendolas o se los darán en días libres?
Ahora que comentas la Semana Santa.
Tened en cuenta, que el que tenga su permiso de S. Santa en alguno de los festivos que hay ahí, le tienen que guardar ese día deducible por festivo para el cuadrante siguiente (mayo).
Comentádselo antes de que sea tarde, al que os nombre el servicio para que lo tenga en cuenta. A lo mejor no lo pone y es por desconocimiento (no siempre va a ser por maldad), ya que es una de las novedades de esta OG.
Un saludo.
Ahora los sobreesfuerzos son mensuales, no trimestrales. Su régimen, en principio, será el mismo que el resto. Se pagará hasta 10 h de exceso en planificaciones de 4 semanas, y hasta 12'5 h en planificaciones de 5 semanas. El resto, descansos compensatorios si superan esas 10 o 12'5 en, al menos, 7'5 h. (Hasta 17'5 o 20). Las horas entre 10 y 17'5, o entre 12'5 y 20, se contabilizarán como hechas para siguiente planificación.
Heineken, supongo que ese día lo deducirá el SIGO automáticamente.
Aquí tenéis un cuadrante que se adapta a la nueva normativa:
Cuadrante con la nueva Jornada Laboral
Y alguien podría colgar un cuadrante con dobletes o tripletes????gracias
Sin animo de criticar pero veo muchos Salientes y despues Mañana, demoledor.
Yo creo que algun doblete hay que hacer porque sino.. practicamente estas con el uniforme puesto todos los días y reducimos los libres a lo minimo, luego los salientes mañana eso para quien lo quiera.... en fin yo creo que se puede mejorar pero hay que doblar sino trabajar tantos dias seguidos tampoco va a permitir hacer muchos planes.
Ese festivo que te coincida estando de permiso de Semana Santa o Navidad, te genera un día deducible para el siguiente cuadrante.
Ese día deducible, no lo podemos elegir nosotros. Lo único que la nueva OG dice al respecto, es que el encargado del cuadrante, debe ponerlo cuanto antes (pero en el mes que toca).
Otra forma sería hacerlo como hasta ahora y se te restaría de las horas a realizar en mayo (150h - 7.5h=142.5h en cuatro semanas).
Os pego aquí el extracto de la OG donde habla de esto y especifica que ese festivo nos lo deben dar al mes siguiente. Tened en cuenta que hasta ahora, ni al mes siguiente ni nada; directamente lo perdíamos.
2. Cuando alguno de los días festivos que generan los descansos establecidos en
el apartado anterior [en el apartado anterior habla de los 14 festivos anuales que tenemos]
coincida con el disfrute de los permisos correspondientes a los
periodos de Semana Santa y Navidad, se mantendrá el derecho a dicho descanso, con
independencia de la situación de disponibilidad para el servicio, que se hará efectivo
durante el mes siguiente a la finalización de las situaciones de disfrute mencionadas. Esta
circunstancia tampoco será de aplicación al personal incluido en el régimen específico de
prestación del servicio.
Un saludo.
Una duda que me surge con esto..al decir "durante el mes siguiente" a la finalización de las situaciones de disfrute mencionadas.. ¿No se entiende como el mes siguiente al periodo de 30 días después de que finalicen los turno de semana santa? Me refiero a poder disfrutarlos a partir del 9 de abril..Creo que no pero tengo la duda..Gracias
Muy de acuerdo contigo, el hecho de tener mas horas de descanso entre servicios implica perder libres, ya que al final de mes, las horas van a seguir siendo las mismas.
Otra opción que se barajó en mi puesto era la de hacer servicios seguidos con unos turnos de este tipo: L L T T T T T N N N N N saliente L L , hubo gente que lo quería, a mi me parece una burrada, sobre todo lo de hacer tantas noches seguidas, pero para gustos...
Lo de "las situaciones de disfrute mencionadas", se refiere a la S. Santa.
Los festivos de la S. Santa 2015 están en abril y ahí es donde pueden coincidir los festivos y alguno de los 3 días de permiso.
Al decir, "durante el mes siguiente a la finalización de las situaciones de disfrute mencionadas", pues se refiere al mes siguiente al de la S. Santa; es decir, mayo.
Un saludo.
Yo veo imposible aplicar la OG tal cual con tanto condicionante.
Con once horas de descanso obligatorias es imposible hacer 5 servicios semanales a no ser que sean cinco mañanas o cinco tardes las semanas que toque librar el finde. Ni siquiera cinco noches, porque no se respetarían los dos días naturales de descanso semanal y encima el descanso reglamentario anterior a los mismos.
O algo se me escapa.
Un par de preguntas. Pones 7 grupos, de cuanta gente se compone cada grupo? y he estado echando cuentas y por ejemplo el primer grupo hace en cómputo de 5 semanas 176 horas, por lo que se queda corto de horas, no he hecho el calculo a 4 semanas pero... no se. Quizás salga con las deducciones de festivos, descansos singularizados, pero de momento lo veo que se va corto de horas y no se si al aplicar los descansos que menciono queda siempre gente suficiente para completar el servicio. Otro problema que le veo es que si el personal pide los descansos según sus preferencias se cargan las cadencias. De todas formas buena aportación, lo estudiaré en mas profundidad a ver si lo puedo adaptar a mi unidad. Gracias.
El régimen a turnos tiene su propio régimen de descansos lo dice bien claro lo único que hay que respetar son los descansos entre servicios
Ese turno si empieza de lunes incumple la normativa del descanso semanal.
A ver si me explico bien, dice la ley que el régimen de turnos tendrán su propio régimen de descansos, así que si es viable y en mi opinión el mejor que se nos puede plantear.
Con esos turnos vamos a estar peor q antes y digo yo no es mejor un ttmnsll
De donde sacas que se libraria lo minimo? En un mes de 4 semanas 28 dias se librarian 8 dias. En un mes de 30 dias o 31 libras de media ahora 10 dias. Dos dias libres que ganas en tu descanso diario. No seamos asi hombre que cualquiera q te lea sin pensar lo confundes. Tienes q pensar q libraras 2 dias de 7 q tiene una semana y eso sin contar los dos q dan al mes si los consigues.
[QUOTE=BeLCeBu;340560]De donde sacas que se libraria lo minimo? En un mes de 4 semanas 28 dias se librarian 8 dias. En un mes de 30 dias o 31 libras de media ahora 10 dias. Dos dias libres que ganas en tu descanso diario. No seamos asi hombre que cualquiera q te lea sin pensar lo confundes. Tienes q pensar q libraras 2 dias de 7 q tiene una semana y eso sin contar los dos q dan al mes si los consigues.[
Compañero, te recuerdo que hacemos 8 horas de servicio, pero cuando se cogen asuntos propios, vacaciones, ..., nos descuentas 7.5 horas, y que según la nueva orden general nos indica que habrá meses con 4 ó con 5 semanas por lo que los meses pasan a tener 28 días o 35 días de computo. Vamos que sale a dos días de descanso semanal, y en caso de los descuentos perdemos 30 minutos por día. La DG no pega puntada sin hilo, y menos para la escala básica.
Un saludo.
Sí es verdad que aseguras dos libres por semana pero lo que veo que puedes encadenar un montón de servicios hasta que libres porque por ponerte un ejemplo si libras en una semana lunes y martes puedes volver a no librar hasta el sábado y domingo de la semana siguiente por ponerte un ejemplo, el resto trabajando y eso no sería confundir a nadie, lo único que cuando tengas descansos singularizados o los deducibles de los festivos librará algo más simplemente es por eso
Y hasta ahora nos descontaban menos por alguno de ellos. Habra 4 o 5 "meses" de 5 semanas pero eso es a nivel computo ya q el año seguira teniendo los mismos dias. Trabajaras las mismas horas. Los dias de semana santa y navidad aunque estes de permiso esos dias festivos te los dan. Te dan dos dias libres al mes si los consigues. Sigo sin ver el lado malo de esta orden. Lo unico malo q le veo es q a mas de un jefe le va a doler la cabeza al tener que hacer un cuadrante teniendo encuenta que no podra hacer cambios por bajas $$$ y tener cuidado con las horas mas que nunca $$$. Que tendremos siempre 1 fin de semana cada 3 no cuando ellos quieran y sin usar la trampa de estabas de vacaciones o tienes sabado saliente y domingo libre...
Tripletes? Si vives fuera seguiras teniendo un sll o un mll todas las semanas y si quieres una vez al mes un sllll o mllll y si quieres mas aun estan las vacaciones y los asuntos particulares.
Yo vivo en canarias y soy gallego aceptarias trabajar 13 dias seguidos a 12 horas y librar 17 para que yo pueda ir todos los meses a casa? Nunca llueve a gusto de todos pero por unos pocos q pueden seguir marchandose a casa 1 vez a la semana no tenemos q sufrir los tripletes el resto.
Neo eso pq disfrutaste de un continuado y si puedo estar 10 dias seguidos trabajando pero ahora tambien tengo hecho 7 u 8 servicios qie no dias seguidos con dobletes para terminar esos 8 dias con un saliente libre y volver al trabajo. Tambien tengo trabajado como un negro a principio de mes y despues librar mucho al final...
Si la guardia civil me garantiza tmnslltmnsll sin ningun cambio incluso puedo firmar pero como seguiran como hasta ahora ni de broma lo quiero ver.
Quien de este foro tiene tripletes puros? Es mas quien de aki nunca ha tenido un tmnstmn o tmnsmn ? Pq yo todos los meses tengo alguna cosa asi.
No os dais cuenta que llevan años cambiando.la ley mareandonos y haciendo todo mal( desde que estan las asociaciones)..no ganamos nada todo es marear la perdiz es la política de la cupula....es cambiar cambiar y volver a cambiar todo, lo que supone un total desvarajuste en los encargados de aplicarlo y para los que sufren los cambios...ojala cambie esto radicalmente y cesen a los responsables de tal desproposito..fusion cnp ya.
El régimen de turnos y las unidades lo impondrá la DG, y se da un año para decir que unidades estarán a turnos y que turnos tendrán. Así que hoy por hoy no existen los turnos reconocidos en la GC, lo que te lleva de rebote a la productividad por turnicidad, que nadie la verá en su nómina como tal.
Por otro lado y ciñéndome al post, un cuadrante en cualquier Unidad es imposible, al menos de forma fija, salvo semanas de mañana, tarde y noche, y los descansos variarán según los días de descuento en las siguientes semanas. Y al no ser de forma fija es imposible un cuadrante anual como tiene el sistema sanitario, CNP, ...
Lo más que se puede aspirar es a algo parecido a un turno, y recuerdo que eso depende de quien haga el cuadrante, para eso y soslayar un poco la sentencia de la UE, han delimitado las necesidades del servicio y han creado las necesidades organizativas.
Un saludo.
Si alguien tiene algún cuadrante me lo puede enviar a yuyujerez@yahoo.es