Desde luego que hay cosas peores. Estamos hablando de 100h ( o más) que vamos a currar gratis. Con la interpretación que hizo el 99,9% de la gente de la OG, con 5 días de permiso desaparecías de tu unidad 13-14 días mínimo, ahora ya me dirás.
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Compañeros rectifico como ha expuesto otro compañero quedan sabados y domingos dentro de vacaciones como dias libres 0 horas. Siento el error. Primero me llego un mensaje de una foto donde decia lo que antes expuse. Al ver los mensajes de algunos de vosotros le volvi a escribir y me mandaron otro escrito de dos paginas donde dice que sabados y domingos 0 horas.Si algun moderador necesita de ellas que me lo comunique. Solo exprese lo que me iba llegando a mi. Soy el primer perjudicado y siento si os he llevado a error.
Esta mañana han dicho en la comandancia que es así, si pillas vacaciones de viernes a lunes, eso que se puede hacer 3 veces, el sábado y domingo son descansos semanales de la siguiente semana, o sea que si tenias a la semana siguiente sabado y domingo hay que quitarlo pq ya lo has tenido en las vacaciones. Una chapuza no? Por lo visto se está recurriendo.
Pues yo creo que se puede recurrir, si no ya me diréis para qué coño nos quitaron los 40 días naturales de vacaciones, si luego resulta que te dan 22 hábiles, y en los inhábiles te calcan los descansos.
Si no son semanas completas, tienen que deducir horas. Si no, con la semana completa pues lógicamente no, porque si en un mes de 4 semanas gastas 20 de vacaciones, hasces las 150h y te quitas de en medio todo el mes, y te sobran 2 días. Pero si dedujeran los 8 días de fin de semana, resulta que "te pasas" 60 horas ese mes...
Lo que yo pregunto es: en una norma de 40 folios, donde viene recogido esto?: "Las vacaciones de duración inferior a una semana, computan solo días hábiles a razón de 7,5h y los inhábiles no deducen nada".
Esto no cambia. Yo quiero que LO ESCRIBAN TODO EN LA NORMA QUE LUEGO TIENE QUE AUDITAR EUROPA, no que manden algo superguay que luego no se cumple en la realidad porque están cada poco mandando FAQ´s, correos y mierda de "obligado cumplimiento" que tergiversa la misma y nos deja igual o peor que antes.
A mi me parece un timo.
Si en un permiso de vacaciones de dos días, donde se empieza el viernes, y se acaba el lunes, según nuestro general indica, que el fin de semana será descanso semanal, pues que sepáis, que un descenso semanal se puede anular por necesidades del servicio. Esto se pisa una y otra vez. No tiene sentido, pedir permiso, y que en periodo de permiso te digan que no, que los fines de semana que hay por medio es descanso. Descanso del permiso,. Vaya tela.
ES un timo...otro más de muchos...
Cada día me gusta más esta O.G.
Pues nada erre que erre, desde luego un timo para los que cogíamos los días sueltos que ahora casi ni valen para nada
Tranquilidad.. cae por su propio peso.. en unos dias sacaran otro corrector diciendo que los fines de semana computan.. no es cuestion de quitarle la razon toda de un golpe a la supeioridad que queda muy mal eso :rolleyes:
En base a que distinguen entre festivo y sabado o domingo? Que cabezas pensantes direguen este cotarro?
La semana que viene correo del DAO y ese será el definitivo.
Ya ha salido los findes y festivos computan
Hacía tiempo que no veía yo horarios de 6/11 y 00/06.
¿Cómo es eso? ¿Ha salido algo nuevo?
Pues si no lo quieres ver mucho, debes ajustarte a la ley, al igual que el que pone servicios de 5 horas, debes de pedir asuntos propios, con las horas que marca la ley, y así...
Computara cero horas si te coges permiso de lunes a viernes de la misma semana, computara como permiso si lo empiezas el viernes y lo acabas el lunes. Ese es el Úl timo correo con fecha 13 de abril.
Dentro de poco se reúnen las Asociaciones con la DGGC, a ver que sale de ahí y si hay plante o bajada de pantalones...
Han tirado para atrás la cacicada del correo del General,donde por la cara nos quitaba derechos y hacía lo que le daba la gana con la norma?? De ser así me sorprendería,es raro que reculen,esto veía ganándolo dentro de 4 años en el tribunal de turno. Si es así,es para felicitarnos
Esto es literal del correo del día 13, que deja nulo el del Gral Ulla.
"Los sabados y domingos que existan entre los dias inicial y final del periodo de vacaciones, dada su condicion de dias inhabiles, y de acuerdo con el concepto de semana de trabajo, tendran la consideracion de equivalentes al descanso semanal, no teniendo por tanto el caracter de deducibles, y debiendo figurar como tal descanso en el aplicativo, formando parte del periodo vacacional.
Sin embargo, los dias festivos incluidosen el periodo vacacional, si tienen la consideracion de deducibles a efectos de la semana de trabajo correspondiente."
Por lo que seguimos igual, salvando que los festivos si deducen. Una incongruencia, tan inhabil es un festivo como un sábado o domingo, a efecto de vacaciones.
Los festivos que forman parte lo entiendo como los que alargan el periodo vacacional, ejemplo de lunes a viernes + sábado y domingo en este caso no deducirían .
Caso contrario es los festivos incluidos en el periodo vacacional es decir si pedimos de viernes a lunes, en este caso SI deducirían.
O estoy equivocado?
[QUOTE=Pamplinas;365721]Esto es literal del correo del día 13, que deja nulo el del Gral Ulla.,
pues este correo que muestra es el penúltimo, falta otro correo , donde anula esto que escribes de los fines de semana, c.e 2955. Firmado por general. Queda de momento la cosa como nos informó augc,
Antes de abril.
Pamplinas como dije ayer hay dos correos. Uno donde dice lo de 0 horas los sabados ,domingos y festivos 7.5. Y otro que queda anulado el escrito referente a que sabados, domingos y festivos cuenten a 0 horas. A ver con cual nos quedamos esto es una chapuza de las grandes y un sin vivir.
Exactamente, yo también he visto los dos correos, y no sé si es que yo soy muy tonta (soy licenciada en Derecho, creo que puedo interpretar un texto "jurídico") o los jefes "muy listos" porque NO hay quien lo entienda, yo creo que nos llevan quitando derechos mucho tiempo, y "vendiéndonos" que eran mejoras. Y nos los quitan por la puerta de atrás, en base a normativas inferiores, FAQ, escritos y correos, que contravienen la norma legal, en este caso una Orden General, lo cual es un fraude de ley.
Son las elecciones, hay que actuar en consecuencia, porque es el único medio que nos queda, quejarse aquí sirve de poco.
Y por cierto, ayer leí que cobramos 4.000 euros anuales menos que un Policía Nacional, nada menos. Creo que está todo dicho.
Pienso lo mismo que Tala...AHORA es cuando hay que presionar, con las elecciones a la vuelta de la esquina...
Y que interpretación le das al ultimo correo tala? Por cierto ya me contarás que tal la licenciatura de derecho pretendo hacerla. Un saludo
Para el cuadrante de mayo parte de mis servicios son T-M;M-M/NSLL y vuelta a empezar. Aqui ya no hay tripletes pero dobletes.....no se que pensar pero la mejoria donde esta?.
Pues que estas doblando como antes, pero si eres de fuera, en vez de irte en dos días, tienes que estar 3 o 4
Por lo visto ahora hay un escrito del subdirector general de personal explicando los escritos anteriores.alguien sabe algo?????gracias
Si en mi unidad entro ayer, día 17, dice lo siguiente: los sabados y domingos que existan entre los dias inicial y final de periodo de vacaciones, no tendran caracter de deducible debiendo figurar como tal descanso semanal en el modulo de servicio del aplicativo sigo, formando parte del periodo vacacional. Tambien explica que los festivos en periodo vacacional si tienen consideracion de deducibles.-
Esto es los sabados y domingos 0 horas y los festivos 7.5
Supone que si te vas un viernes de vacaciones esa semana no libras, ya que libras el fin de semana.-
Mirarlo bien, lo primero que pone es que anula el correo inicial que señalaba "cualquiera que fuera su duración" referido a las vacaciones. Recordar, anulado.
En el segundo dice que se pondrá DS en sabados y domingos, pero el periodo lo restringe a la "semana de trabajo"y recuerda lo que pone la OG, semana de trabajo "es de Lunes a Domingo". O sea que si estas de vacaciones de L a D, el finde es DS, horas 37.5 (lo que ya decía la OG), pero solo si estas de L a D, el resto de plazos se computan como deducibles
Claro está, salvo interpretaciones torticeras, hasta que alguien en la dire hable en cristiano.
Lo volveré a mirar pero no me gusta esto que lo leas y no entiendas nada, porque a primera vista a mi y a otros dos compañeros que lo hemos leído entendemos que nos van a joder el libre semanal si pedimos de viernes a lunes.
Y nosotros no hacemos el cuadrante así que cuando lo intérprete un jefe....
En el segundo correo lo deja claro, anulando el primero y diciendo básicamente que si estas de lunes a viernes es descanso semanal en el resto de periodos sera como deducible.
Leeré de nuevo el correo pero yo creo q no dice q sea en periodo de viernes a lunes. Habla de cualquier periodo de vacaciones
A ver quien me puede explicar como se graba un DS, en un periodo de vacaciones....o hay que hacerlo de esta manera: grabar viernes vacaciones, DS sabado y domingo, y vacaciones el lunes otra vez, no?....autentica porquería que ha parido la DIGEGUCI
En los dos correos pone lo mismo, sábados y domingos computarán 0 horas. Pero el primero está anulado, porque, la diferencia es el periodo en que se aplicará esa regla, esa es la diferencia.
En el primero señala cualquier periodo de vacaciones, en el segundo lo restringe a semana de trabajo y la semana de trabajo es de L a D.