Todos, ya que parto de la base de la desmilitarización de la GC. Código penal el mismo y para todos los ámbitos que tienen las autonómicas, PL y CNP. Simplemente algo de sentido común.
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Todos, ya que parto de la base de la desmilitarización de la GC. Código penal el mismo y para todos los ámbitos que tienen las autonómicas, PL y CNP. Simplemente algo de sentido común.
Antes se ha puesto el ejemplo del guardia que discutió con el cabo y se le juzgo por el penal militar, al final fue absuelto, lo dices como un consuelo y que no pasa nada.
Los casos es cierto que son minoritarios, pero la posibilidad existe, a día de hoy se emplea poco, pero eso puede cambiar siempre que exista esa ley. Les interesa tenernos cogidos con el penal militar, sino no nos lo aplicarían.
Algo que tenga pocos casos no justifica que nos lo apliquen, esa ley es un claro ejemplo del paso atrás de la GC respecto a los otros cuerpos policiales.
No tan claro FAL, en serio... Crees que los bastardos que nos gobiernan son tontos?? O por el contrario nos toman por tontos??
Mira, si hubieran querido dejarlo claro lo hubiesen hecho. Esto seria un articulo claro:
El vigente Codigo Penal Militar no será de aplicacion a los Guardias Civiles nunca salvo en las siguientes ocasiones, Estado de Excepcion o sitio, Estado de guerra o las unidades que se encuadren en unidades militares o en las misiones de caracter milotar que se les encomienden.
Pero que pasa amigo FAL, que ya empiezan a meter subterfugios para que los jueces de la sala 5 del supremo tengan a que agarrarse (lease art. 1.5).
5. Fuera de los supuestos previstos en el apartado anterior, el Código Penal Militar se aplicará a los miembros de la Guardia Civil y a los alumnos pertenecientes a la enseñanza de formación de dicho cuerpo cuando se trate de acciones u omisiones constitutivas de delito militar previstas en el artículo 9.2. letra a) del presente código, así como las tipificadas en los Títulos I, II, III y V de su Libro Segundo y, si se encuentran previstas en el Título IV, cuando supongan la infracción de los deberes esenciales derivados de los principios de la organización militar. En todos estos casos se excluyen aquellas acciones u omisiones que fueran encuadrables en actos propios del servicio desempeñado en el ejercicio de funciones de naturaleza policial.
En esta parrafada te dice un monton de articulos y titulos enteros que nos van a ser de aplicacion, para luego al acabar la parrafada digan que se excluya cuando estemos cumpliendo una FUNCION DE NATURALEZA POLICIAL. Ahi esta el truco y donde se la han metido a gente bienpensada como tu.
Que es una funcion policial?? Pues amigo mio, ei yo discuto contigo ESO NO ES FUNCION POLICIAL y me joderan vivo.
Otro de estos subterfugios legales es "supongan la infracción de los deberes esenciales derivados de los principios de la organización militar".
Esta mierda que significa?? Lo anterior a la inversa, osea lo que usaron los fiscales militares para procesar a los compis: Que somos policias solo para el trato con el ciudadano, lo demas por ejemplo el cumplimiento del deber y polladas de esas militares, no es funcion policial.
Que queremos? Que sea como tu dices y como queremos la inmensa mayoria de los Guardias Civiles. Pero ese articulo y apartado en concreto NOS REMILITARIZA.
Por eso amigo FAL, y sin acritud ni mala fe: Te la han metido doblada. Un saludo.
Claro que sí, los guardias somos korkis; no pongas el artículo al que haces referencia omitiendo parte de él. Si continuamos leyendo dice:
Cita:
5. Fuera de los supuestos previstos en el apartado anterior, el Código Penal Militar se aplicará a los miembros de la Guardia Civil y a los alumnos pertenecientes a la enseñanza de formación de dicho cuerpo cuando se trate de acciones u omisiones constitutivas de delito militar previstas en el artículo 9.2. letra a) del presente código, así como las tipificadas en los Títulos I, II, III y V de su Libro Segundo y, si se encuentran previstas en el Título IV, cuando supongan la infracción de los deberes esenciales derivados de los principios de la organización militar. En todos estos casos se excluyen aquellas acciones u omisiones que fueran encuadrables en actos propios del servicio desempeñado en el ejercicio de funciones de naturaleza policial.
En las últimas elecciones europeas, mi voto no fue ni para el PP ni para el PSOE. En las siguientes, volveré a castigar al PP no votándoles por mucho que diga , que se acuerde y que prometa la vicepresidenta, Rajoy, Montoro y demás miembros del gobierno, y lo mismo digo del PSOE . . . . no solo el PSOE con tantos años en el poder no se acordó de nosotros, si no que Zapatero nos metió la mano bien metida en nuestros sueldos que ya eran bajos comparados con el resto de policías del Estado. Llegó Rajoy y su fiel ministro ex-izquierdista Montoro y olvidaros más que pronto aquellas promesas de no tocar el sueldo de los funcionarios entre los que nos encontramos ¿ nos acordamos ? ¿ nos acordamos como nos ROBO la paga extra de Navidad pasándose por sus bemoles la Ley ? . . . ni aunque me suban el sueldo 400 euros al mes ( que lo que nos van a dar no es subida sino una parte de lo que nos quitaron), volveré a votar al PP mientras sigan gobernando Rajoy y sus plañideras. No les puedo creer ya ni una sola de sus promesas.
Los únicos que sacaron, sacan y sacaran tajada son ellos de nosotros... a las primeras de cambio.
Que aquí en esta empresa se aplica todo lo que haga daño al GC y beneficie a los estrellas y bastones...
Desde luego con las funciones de caracter policial dejan abierto el terreno a posibles como la relaciones mando, subordinado. No obstante yo pienso que la funciones de naturaleza policial engloba todo, lo relacionado al ciudadano y entre nosotros, en el día a día. Si me equivoco, y se verá en el futuro, pues será un grave error legislativo y de quienes nos gobiernan.
Me ha quedado clarísimo, como se ha dicho salvo nuestra relación o trato con el ciudadano durante el servicio, todo lo demás se puede encuadrar en el ámbito militrocho.
Pues a mi juicio te equivocas totalmente, la trampa esta clara, lo han dejado bien atado para aplicarnos el código penal militar cuando lo estimen conveniente. Y seguiremos viendo a los sargentos, tenientes ... Tratando de tu al guardia pero exigiendo que se le trate de usted, y demás sin sentido. Todo muy triste la verdad.