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Entonces entiendo que se acabó el hacer el mañana/noche por ley??
Y el noche / noche también.
Pero esto es como todo, hasta que lo veamos pasaran años
Noche Noche entiendo que si se puede, es lo que tiene CNP, ellos en su normativa sobre la jornada laboral lo especifican, se aplica ese turno cumpliendo con la Directiva 2003/88/CE art.8, por esos tienen esos turnos M-M-T-T-N-N-S-L-L-L-L
M/N no se puede pero si NN, siempre lo he dicho !! El M/N es matador total !! A mi hacer NN no me quema ni una décima parte q un M/N.
Se hace de 6 a 14, 8 h descanso y de 22 a 6, las 24 horas empiezan a contar desde las 6 a.m , por lo que desde las 6 a.m hasta las 6 a.m dek día siguiente son 16 horas .No se cuenta desde las 00:00,
Eso y cuantas veces en ves de terminar a las 14:00 acaba a las 14:30 y a las 22:00 otra vez cuanta explotación hemos tenido y medio empezamos a ver luz en el tunel pero aun queda mucho por recorrer y no me dara tiempo de verlo, al ir tan despacio.
Ahí tenemos a la policia Nacional con su turno fijo desde abril y nosotros a pedir de boca del COMTE DE PUESTO.
CUANTO TRIPLETES HICIMOS Y AHORA CUANTOS DOBLETES PUES PARECE QUE SE ACABA.
alguien tiene el optimismo que se aplicarà en la gc?
La DGGC sacará unas FAQS para pasarse la normativa europea por el arco de triunfo.
No es por nada, me gustaría que se aplicará.
Pero dice trabajador nocturno y eso la Gc ya dijo que era para los que hagan muchasssss noches.
Si haces una a la semana como mi caso no llegas.
Ni habria que hacer M/N ni habria que hacer N/N, tendran que imponer unos turnos, que cumplan con la OG actual, asi como con la normativa UE.
Lo de trabajador nocturno es a efectos para cobrar el plus y reconocimiento médico.
Cualquier servicio que se realice de 22.00 a 08.00 con al menos tres horas es nocturno, por lo tal en ese momento tienes consideración de trabajador nocturno, por lo que se te tiene que aplicar ese real decreto.
Cnp tiene esos turnos porque la unión europea prohíbe el doblete mañana/noche, y lo hace reflejar muy bien que se basan en esa normativa europea en su normativa de jornada laboral.
Lo que tiene que pasar es que esto de aplique a la GC cuanto antes, pues no hay una normativa, sino que ahora hay dos, una normativa europea y otra española.
Y en caso de que no se quiera aplicar a la GC tocará que las asociaciones denuncien y ganarlo en los juzgados.
El real decreto que se modifica tiene su ámbito de aplicación delimitado al estatuto de los trabajadores, que no es de aplicación en la GC puesto que el que nos afecta es el estatuto del empleado público.
En todo caso tampoco nos afectaría a todos ni mucho menos, porque la legislación laboral contempla que tiene la consideración de trabajador nocturno el que al menos desarrolla un tercio de su trabajo en horario nocturno, y eso aquí lo cumplirían muy poquitos por no decir casi ninguno. Esa norma no está pensada para el que hace una noche al mes o diez, sino para el que a lo largo de un año hace, como mínimo, igual número de noches que de mañana o tardes.
Eso solo sirve para "encausar" la consecución de mejoras para los que hacen servicios nocturnos, pero a largo plazo porque ya sabemos como, y sobre todo cuando, legisla la empresa. Así que podéis guardar el champán.
No nos afecta a nosotros.
Sin acritud , no nos afecta ? A los del CNP ya no se les puede poner M/N por obra y gracia de Dios? ?? No se les puede poner por la famosa directiva europea , pero aquí somos más chulos , mientras haya guardias con el ansia de trabajar de golpe 2 servicios ésto no cambiará, da igual q la orden general de la jornada laboral diga q los descansos de 8 horas serán excepcionales. El SIGO es un cachondeo total .
La reforma de nuestra jornada laboral viene precedida de la directiva europea del 2003, al igual q la prohibición de los M/N .
Lo de las 11 horas de descanso no es por capricho , ahí van los minutos en volver e ir al trabajo , en preparar comida o cena y comer , en prepararte para ir a trabajar ,por ejemplo ducha , y.....8 horas para descansar .
Todo ésto q digo no se puede hacer con los TM y M/N , juegan con nuestra salud constantemente.
El legislador considera que en cometidos especiales no se puede machacar al personal poniéndole un mañana tb ese día .
Y alguno parece que se alegre que no se aplique esta sentencia en la GC...
De todas todas ,haría el MTNSLL dando 3 días de vacaciones y los permisos de navidad y semana santa , o en su defecto MMTTNNSLLLL sin entregar nada como el CNP.
Lo que es increíble es q la DGGC proponga turnos de prueba ,a destiempo claro está , en el que hay dobletes matadores ,es de locos ,es totalmente premeditado, salvo una Unidad de las propuestas que si se respeta los descansos de 11 horas y lo de las noches q vino últimamente.
3. De conformidad con el apartado 2 del presente artículo,
podrán establecerse excepciones a los artículos 3, 4, 5, 8 y 16:
a) para las actividades laborales caracterizadas por un aleja-
miento entre el lugar de trabajo y el de residencia del traba-
jador, como el trabajo off-shore, o que se desarrollen en
distintos lugares de trabajo del trabajador distantes entre sí;
b) para las actividades de guardia y vigilancia que exijan una
presencia continua con el fin de garantizar la protección de
bienes y personas, y en particular cuando se trate de guar-
dianes, conserjes o empresas de seguridad;
O sea que no nos afecta. Artículo 17
En la normativa de CNP deja bien claro que se basan en la normativa europea para establecer esos turnos, vamos, que tocará ganarlo en los Juzgados como siempre.
No me gusta escribir esto pero pienso que para conocimiento de todos nos puede quedar más claro:
Artículo 13 de la Orden General número 11 dada en Madrid el 23 de Diciembre del 2014 y en vigor desde el 30 de marzo del 2015
3. A los efectos de esta orden general, tendrá la consideración de trabajador nocturno quien realice, al menos, cincuenta y ocho servicios nocturnos en modalidad de prestación de actividad en el periódo de un año natural.
y en la disposición transitoria primera de dicha ley se establece
A los efectos previstos en el artículo 13.3 en el año 2015 tendrá la consideración de trabajador nocturno quien realice, al menos, cuarenta y cuatro servicios nocturnos en la modalidad de prestación de actividad, o la parte proporcional que corresponda a las mujeres en los supuestos de permiso por parto o embarazo contemplados en el citado artículo, contabilizando los realizados en los meses de abril a diciembre, ambos inclusive.-
Es por lo que a la vista de lo citado anteriormente, la dirección general de la Guardia Civil para aplicarte dicho decreto primero tiene que clasificar tu puesto de trabajo como trabajador nocturno. En caso contrario, si no efectuas los nocturnos que se indican tranquilamente te pueden nombrar dobletes.-
Es tan sólo mi punto de vista, espero no haber ofendido a nadie con mis ideas. Si fuese el caso, pido disculpas de antemano
Feliz verano a todos/as
Pues en el Puesto nadie sabe nada dicen vamos a ver por que el 16 empiezo yo de mañana y noche, a ver si llega a tiempo el cambio o necesita una transitoriedad como siempre.
Con un turno fijo casi todos seríamos trabajadores nocturnos si no estamos de baja médica , MMTTNNSLLLL
En 10 meses haríamos 60 noches y los otros dos meses para vacaciones ,asuntos propios, semana santa y navidad
Policía nacional en su normativa específica claramente que se basan en la normativa europea para establecer esos turnos, si no se hace en la GC es porque no se quiere, cosa que no me sorprendería, como todo habrá que ganarlo en los juzgados, es una pena pero es que siempre pasa igual.
Altos mandos sensibles con la labor policial???? para nada, lo que pasa que en el CNP tienes a los inspectores o inspectores jefes haciendo las mismas noches que los policías de la escala básica, de ahí que busquen ese tipo de normativas. Nuestros queridos jefes, de sargento para arriba poquitas noches o festivos los verás trabajando, es por ello por lo que les importa una mierda que tu hagas más noches que el copón.
La diferencia es de mentalidad.
Mientras se siga hablando de vocación, de honor, de prestigio..... Etc, no se va a hablar de eficiencia, servicio al ciudadano, conciliación, modernización etc
Estoy conforme con toda tu afirmación, aunque yo elevaría dos grados a los empleos favorecidos...diría de brigada para arriba.El problema que existe en la Guardia Civil son los directivos que tenemos. Generales que no conocen ni el trabajo base ni las penurias tanto laborales como horarias de los guardias. Una empresa que está hecha para que ellos vivan bien y cobren suculentos sueldos. Motivos por los cuales no va a cambiar nunca. Esperemos que en instancias europeas se nos reconozca el derecho a la sindicación y podamos cambiar las cosas.-