Buenas!!! Ya que esta abierto este hilo sobre la Policía Local, voy a hacer yo una pregunta. Estos día estuve discutiendo con varios compañeros (entre ellos mandos), sobre si la Policía Local en una intervención (por ejemplo una reyerta), se debe o no poner a nuestras ordenes. Mi opinión es que NO, porque ellos no son colaboradores nuestros en este tipo de casos... y por lo tanto tienen el mismo "poder" que la Guardia Civil o la Policía Nacional...
Otra cosa es cuando se estén realizando por las FFCCSSEE funciones de Policía Judicial (que no tiene nada que ver con el ejemplo arriba citado), que según la LO 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en este caso SI actuarían como colaboradores nuestros.
Por tal motivo entiendo que en una actuación en la vida cotidiana (lesiones, suicidios, etc), no tenemos ningún poder sobre ellos.
Agradecería una respuesta bien argumentada si puede ser, para saber si estoy yo en lo cierto, o si me estoy equivocando. Gracias
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