Ciertamente creo que esa asociación se equivocó a la hora de solicitarlo
Un distintivo es el que se lleva sobre el uniforme para exteriorizar ciertas cualidades, la posesión de titulo o la función de un puesto de trabajo.
En la orden DEF/1756/2016 se regula el distintivo de función que acredita ser Agente de la Autoridad, pero solo durante el servicio y siempre que se porte el distintivo. Por lo tanto la PM tiene un distintivo en el uniforme que le da esa condición pero no una placa emblema para identificarse.
Lo que se habla en este hilo, o al menos la idea que yo tengo en la cabeza es la regulación de una placa emblema que sirva para identificarse fuera de servicio o de servicio de paisano y que vaya junto a la TIP, no un distintivo de función, ya que los Guardias Civiles no necesitan un distintivo de función en el traje para que se sepa que son Agentes de la autoridad.
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