con la nueva ley en un puesto de s.c se puede seguir haciendo TMN SLL??? para los k vivimos a 100km es mejor asi........si no no veremos a la familia en dias...
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con la nueva ley en un puesto de s.c se puede seguir haciendo TMN SLL??? para los k vivimos a 100km es mejor asi........si no no veremos a la familia en dias...
Si se puede.
Yo no quiero eso ni loco , ya se que vivis lejos del trabajo , pero en 5 años aparentaremos físicamente tener 15 mas , por cierto , a vosotros no os meten MN SMTMN por ejemplo ? o MNSTL ? Por que os leo a muchos y entre que ellos se hacen sus cuadrantes , que el jefe les da todo lo que pide , que teneis siempre SLL ... logico que griteis viva la GC a los 4 vientos !!!!
si se puede es lo mejor .... pa juntar libres, sino cuando vayamos a ver a nuestra mujer e hijos ni nos conocen ......
La norma general son 11 horas pero como excepción por razones organizativas o necesidades del servicio serán 8 horas pero como algo excepcional, también una vez al mes se podrán juntar dos descansos semanales es decir 48 horas + 48 horas. Todo ello según el ultimo borrador.
Creo que hoy se ha producido una nueva reunión de Jornada Laboral y Productividad, a ver qué ha salido de ella.
que hay de nuevo?, sirvio para algo la reunion de ayer?
Lo de las 8 horas entre servicio será algo excepcional..
Eso de excepcional, te lo acabas de inventar.
En mi unidad ( 70), seguiremos con el TMNSLL. Y encima no tendremos que recuperar ya ningún día, con la nueva ley.
Me parece que te equivocas y mucho compañero el tmn mm y tm desaparecen te guste o no
Archivo adjunto 918 Guarida el que te equivocas eres tu compañero.
En el ultimo borrador no desaparece, lo dice clarito.
Otra cosa es que hoy lo cambien en la reunión que hay.
Negativo.
En todos los borradores anteriores decían que se podía hacer 8 horas entre servicio.
1) con carácter general los descansos entre servicio serán de 11/horas.
2) por motivo de conciliación familiar, ect, se podrán descansar entre servicio 8 horas.
Es cierto, así lo indica, da la impresión que se podrá escoger según convenga en uno u otro puesto
Pues calro que si!!! se llama conciliación de la vida familiar!!! yo G.C casado y con dos hijos.... soy de malaga y mis hijos tiene que ir al colegio.... porque se tiene que venirse a 500 km (donde me han destinado) y aprender un idioma coficial.... tener a mi mujer descontenta porque tiene que empezar una nueva vida.... mis hijos adaptarse a un colegio nuevo.....( con todo lo que ello conlleva) ( ya que uno tiene 6 años y el otro 4)......ah claro esto es la GUARDIA CIVIL .... donde esta el honor.... la lealtad .... el sacrificio.... !!!! no se os llena la boca de tonterias!!! estoy es un trabajo mas mal pagado!!! en el que echamos más horas como tonots.... y en el que deberia desaparecer un cuerpo tan retrasados...... si retarsado en todo.... ( medios.... despliegle.... cuarteles del Duque de Ahumada...... y un ect)......
Este no es mi caso... porque ni soy de malaga ni tengo dos hijos.... pero en los destinos que he tenido y este es el cuarto.....siempre me he encontrado compañero en la misma situación y en vez de remar todos en el mismo sentido.... parece que nos jode ver al de alado... Feliz!!! si feliz ya que en esta G.C que habla tanto de los valores .... es de lo más atrasada.... y que decir del mando que al pedir un libre o un cambio.... parece que te lo este dando de su vacaciones!!!!.................................... ...............
Donde viene eso de la conciliación de la vida familiar para poder descansar 8 horas porque yo no lo veo por ningún lado
En ningún sitio, las razones son necesidades del servicio y organizativas (que se puso en el último borrador para que hubiera una puerta abierta a la gente que quiere seguir con tripletes).
No sé como lo llevaran a la práctica si individualmente por grupos o por puestos completos, lo único que está claro es que el que quiera 11 horas las va a tener.
JORNADA LABORAL
Los trabajos, como decimos, están muy avanzados en esta materia, de modo que el nuevo borrador que nos presentaron contempla modificaciones significativas que pasamos a describir:
1. Las medidas que alteren la planificación de los servicios, por necesidades del servicio, deberán ser justificadas por cada jefe de unidad ante su superior jerárquico.
2.- El horario de servicio, como periodo de tiempo, deberá definir la hora de comienzo y la de finalización (lo que tendrá importancia por su concreción, cuando se establezcan los turnos de servicio).
3.- Entre las modalidades de prestación de servicio, los que se prestarán en horario nocturno y festivo, serán en régimen de guardias combinadas, a turnos, que estarán plenamente aplicados en un año, o de actividad, esta última, para aquellas unidades donde no se pueda establecer una cadencia regular fija.
4. La planificación del mes de diciembre, comprenderá hasta la segunda semana del mes de enero siguiente. Igual cuando la semana santa abarque dos meses consecutivos.
5. La prelación de los descansos, siempre que no puedan coincidir será: semanal – compensatorios – singularizados.
6. Se podrán permutar servicios de forma voluntaria, y forma excepcional, cuando ya estén nombrados.
7. La planificación de los servicios de las unidades de investigación, contendrá al menos los descansos semanales y se anticipará como mínimo días antes del descanso semanal.
8. La planificación de los suboficiales, cabos y guardias, con funciones de mando, contemplará los descansos y los servicios que le encomiende una unidad superior, con una antelación mínima de 7 días.
9. Cuando por necesidades del servicio deba modificarse el horario de inicio o finalización del servicio, se reflejará y motivará a través del módulo de gestión del servicio.
10. El horario de servicio partido será excepcional, salvo para funciones burocráticas.
11. La suspensión de un servicio por causas sobrevenidas, se computará completo, siempre que se hubieran superado las 5 horas. Entre 3 y 5 horas, se contabilizarán las efectivamente prestadas. Menos, se computará como día deducible.
12. Consideración de trabajador nocturno durante el año 2015: se mantiene la cantidad de 58 nocturnos al año, para la consideración de trabajador nocturno. Durante el próximo año se estudiará su incidencia real, por si hubiera que variarla hacia una cantidad menor. Sin embargo se reduce esta cantidad –a 44 servicios nocturnos- en la modalidad de servicio de actividad, o la parte proporcional en las mujeres en periodo de gestación.
13. El descanso entre servicios será de 11 horas, aunque se deja la puerta abierta a realizar tripletes, atendiendo a la conciliación, y por tanto, allá donde la mayoría de la plantilla, prefiera esta prestación. En este último caso, se compensará uniendo el descanso acumulado, al semanal, algo que probablemente en la práctica no supondrá beneficio ninguno pues dicha unión es ficticia.
14. Se permiten servicios de más de 8 horas, según el lugar donde se desarrollen (Servicios Marítimos, Puertos, Aeropuertos, prisiones, etc.). Si bien, nada dice de las Unidades afectadas, por lo que advertimos que podría generar problemas.
15. En los equipos de atestados de unidades pequeñas de la Agrupación, que tengan que realizar el servicio en guardias combinadas, se tendrá derecho al descanso singularizado.
16. Los descansos singularizados solo afectan a los 45000 guardias civiles del régimen general, no a mandos ni servicios burocráticos o unidades acogidas a otro régimen.
17. El cabo o guardia civil que suceda en el mando, en un periodo menor a un mes, se le reducirá la jornada semanal a 32,5 horas presenciales.
18. GRS en comisión de servicio: se les aplicará el descanso singularizado una vez acabada la misma.
19. A petición de AUGC se estudiará eliminar el tope de 1/8 para la reducción de jornada.
20. En la UEI la jornada será de 40 horas semanales, de las cuales 35 serán de actividad presencial o combinada y cinco para atender la disponibilidad de su peculiar función. En éstas horas de disponibilidad el plazo de incorporación podrá ser inferior a una hora.
Pero hay turno fijo?
Cuantas horas haremos al mes aproximadamente cuando entre la norma?
Lo más novedoso 44 noches paro los de turno aleatorio a base de lapiz, usease la gran mayoría. 4-5 noches se hacen en casi todos los Puestos y muchos Destacamentos.
Si la mayoría decide tripletes, se harán tripletes, pero mayoría simple o que.
Lo de la mayoría no se, la OG dice bien claro como norma general 11 horas de descanso entre servicio y servicio, lo de tripletes será para quien quiera conciliar. En la OG no dice nada de mayorías.
Pero y en investigación no hay un máximo de horas semanales? ni derecho a libres o descansos singularizados?
Cbr_sy sabes algo?
A mi no me pueden obligar a hacer tripletes porque la mayoría lo decida, existiendo una OG que dice 11 horas entre servicio y servicio.
Resumen reunión grupo de trabajo "Productividad" y "Jornada y Horario" de 02/12/2014
A las 17,00 horas, da comienzo la reunión conjunta de jornada laboral e incentivos al rendimiento.
JORNADA Y HORARIOS
Modificación del capítulo 2 que se dividirá en secciones.
Descansos singularizados personal que preste servicio en el régimen general y que eventualmente se conviertan en unidades operativas singulares (atestados trafico cuando tenga que realizar servicios de prestación combinada, conductores de jefes, etc.), así como el GRS cuando se encuentre en comisión de servicio fuera de sus unidades...
La planificación mensual ya no será expuesta en el tablón, sino se alojará en el módulo correspondiente de la aplicación informática de gestión del servicio del sigo (con la advertencia de que la información de carácter operativo no da derecho a difusión, solo a conocimiento)...
INCENTIVOS AL RENDIMIENTO
Se están realizando gestiones con Hacienda para incrementar la ERG2 del 19% actual al 22% (unos 11€, solo esta subida supondría unos 8.000.000 €), si esto no se produce, y teniendo en cuenta que esta Orden general entra en vigor el 30 de marzo, el dinero sobrante desde el 1 de enero hasta la entrada en vigor, podría utilizarse a final de año para compensar al personal perceptor de la ERG2.
Letrados sustitutos del abogado del estado, cobraran o2 ...
Seguir leyendo documento completo: http://www.aegc.es/web/viewtopic.php?f=11&t=7960
Según estos 20 puntos, los servicios burocráticos los nombran de pasada.
¿Aparece en algún otro sitio cuáles son los cambios para estos destinos, si los hubiera?
Con este último borrador, ¿mejoran más las condiciones de los servicios operativos que las de los burocráticos?
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Cuantas horas haremos al mes aproximadamente cuando entre la norma?
Usando un cuadrante viejo y con todos los festivos nacionales salían unas 145
Red-cap, Cuando dices todos los festivos nacionales, te refieres a trabajarlos todos?:confused:
Igual que ahora , no hace falta trabajarlos, sólo estar disponible para el servicio ( osea no puedes estar de baja , permiso urgente, asuntos particulares, o vacaciones )
A ver si alguna asociacion se lo trabaja un poco e informa de manera comprensible, es decir, un pequeño grafico que diga: para un guardia que haga turno "x" hara "x" horas al mes y cobrara en torno a esto o aproximadamente 20 o 30 euros mas al mes. El personal de.esta especialidad ganara en esto otro...etc, digo yo que para eso estan tambien, el SUP suele hacer estas cosas.
Entonces en un puesto donde la mayoría quiere hacer triplete se seguirán haciendo tripletes? Y que hay de eso de la sentencia europea por la que se incumplía esto? Pero es que estamos locos o k?
El cnp también tiene tripletes y Europa no les dijo nada; lo dijeron aquí por ser la locura de horas y cuadrantes que se hacen.....
Yo lo que quiero es que alguien me garantice que voy a tener triplete, saliente, libre, libre, para siempre y ningún jefe pueda cambiar esto; hasta que nadie me lo garantice aquí seguimos igual.....que nadie se engañe.
Si no recuerdo mal, la sentencia hablaba mas bien de las unidades de investigacion y jefes de unidad con "tarifa plana" por un complemento fijo. Que por cierto, no he oido hablar nada sobre que en UCO,UCE...etc se vaya a librar mas o cobrar otra cosa.
Tanto para dejarlo todo igual
En mi opinión deberíamos replantearnos, entre todos, hacer una valoración de si realmente merece la pena que las Asociaciones formen parte y estén presentes en el Consejo, ya no sólo por el poco poder que tienen a la hora de decidir y por tanto de sacar adelante los proyectos, sino por el hecho de si deben de ser nuestros representantes en un Órgano que no acaba de satisfacer nuestras mínimas aspiraciones.
Quizás ya va siendo hora de centrarnos más en la consecución de los objetivos a través de los Tribunales y sobre todo de Europa y darle de lado, DEFINITIVAMENTE, a una farsa que no hace sino quebrantarnos, mas aún, la poca moral que nos queda.
Lo que acabamos de conseguir, con la "futura" Jornada Laboral, por poco que mejore la actual, no deja de estar a años luz de la del CNP (...ya no digamos de las del resto de Policías), y por supuestisimo, sin mencionar la de Productividad que de esa ya ni opino.
Sería cuestión de replantearselo.
Entiendo que cuando se dice que el GRS disfrutara los descansos singularizados tras la comision significa que segun vengan de viaje libraran? O se interpreta como, ello trabajan y ya les daremos los libres?