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victhore
Información de Aegc, logros de la nueva OG de jornada y horario y la nueva OG de productividad:
Cuando existan situaciones, por causa de embarazo que impidan prestar servicio, se percibirá productividad ERG1.
Cuando por embarazo o permiso por parto, no se esté en disposición de prestar servicio, los servicios nocturnos necesarios para obtener la consideración de trabajador nocturno seran la parte proporcional del tiempo de servicio prestado.
En el régimen general el cómputo de la jornada laboral será en periodos de 4 y 5 semanas.
Si es de 4 semanas el horario de referencia serán 150 horas que se podrán quedar en 127,5 si se descuentan los días de descanso singularizados y un festivo.
Si es de 5 semanas el horario de referencia ferran 187,5 horas que podrán quedarse en 165 si descontamos lo mismo que en el párrafo anterior.
Festivo en sábado se genera 1 día de AP, hasta ahora se perdía.
Las productividades a dedo ERG3 y ERG4 quedan limitadas en el régimen general a 4 por año y 8 en tráfico.
CREX: formula para calcular las horas de exceso para personal que tenga una jornada semanal de 47, 5 horas hasta 40 horas de retribuirán a 12€ la hora de exceso, a partir de la jornada de 40 horas, se darán descansos compensatorios a razón de 1 día deducible por cada 7,5 horas para los que tienen jornada de 37,5 horas y 8 para los de 40 horas.
Trabajador nocturno 58 servicios nocturnos en 2015, podría variar el número para 2016 en función del resultado.
Los descansos singularizados adicionales son para todo el personal del régimen general, deducirán 7,5 horas y como máximo se podrán disfrutar 2 al mes.
En función de los nocturnos y festivos que se hagan se podrá tener hasta 24 servicios menos al año.
Uno de cada tres fin de semana será libre.
La semana será de lunes a domingo y el fin de semana será sábado y domingo completos.
Las modificaciones de los descansos planificados y de lo servicios nombrados se retribuirán económicamente mediante la productividad ICREM.
Los festivos incluidos dentro de los permisos de Semana Santa y navidad no se pierden.
Se amplían las horas nocturnas y de especial significación.
Los descansos semanales seran de 48 horas coincidentes con dos días naturales.
Están son las novedades de las nuevas OG, seguro que me dejo algo.
Quien quiera pues que renuncie a ellas, como no es lo mismo que CNP.