Es legal llevar navajas estando de servicio, pues veo últimamente a muchos compañeros que la llevan.
Pues si a un particular esta prohibido que la lleve, podemos dar la nota nosotros si nos la ve, creo yo..
Que opináis...
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Es legal llevar navajas estando de servicio, pues veo últimamente a muchos compañeros que la llevan.
Pues si a un particular esta prohibido que la lleve, podemos dar la nota nosotros si nos la ve, creo yo..
Que opináis...
Perdona???...
Creo que te confundes bastante... Yo llevo una siempre conmigo y no precisamente para cortar chorizos ni morcillas. Es una navaja operativa que tiene un punzón para romper un cristal de un coche caso que sea necesario... Lleva también una cuchilla para quitar las bridas o grilletes de cuerda sin lesionar al detenido. La navaja la he utilizado en mas de una ocasión para cortar el cinturón de seguridad de un accidentado cuando ha sido imposible quitar el enganche del mismo por bloqueo del mecanismo de expulsión. También me vale para ver que hay en un fardo... por ejemplo...
Una navaja policial puede salvar vidas majete... No somos canis que van con la navaja a la fiesta a rajar al primero que se ponga tonto... Por favor... Que pregunta...
¿De donde sacas que un particular lo tenga prohibido??..basándonos en el RD 137/93 las armas de la 5ª categoría se pueden portar CON CAUSA JUSTIFICADA, si tu la portas con justificación (motivo "X") no infringes nada ¿no?. Si los compañeros llevan una navaja de servicio digamos por ejemplo para que dado el caso en una emergencia poder cortar un cinturón de seguridad para extraer un herido de un siniestro o un trasmallo en la playa o cortar una brida-grillete ¿donde está el problema??
Madre mía lo que hay que leer...
Vaya tela, de que cueva sale...
Para Batasor y nikitriki, si es por mi lo ignoraba, pero te puedo asegurar que a un vecino del pueblo que es albañil, llevaba una navajita para abrir el pan para el bocata, y en un registro de la PM del pueblo le sancionaron con una multita..
Así que no sé quien ha salido de la cueva...
Como no vamos a poder llevarla hombre. Si llevamos algo mas lesivo como es una pistola porque no una navaja, que como bien dicen es usada para el transcurso del servicio en funciones de auxilio, etc etc... Y lo del albañil denunciado, sinceramente tres opciones: A) es mentira de la PM B) la llevaba en una zona de ocio C) era una katana y no una navaja...
Podrán proponer para sanción pero por eso no lo va a sancionar el Delegado o Subdelegado de gobierno si no está en zona de ocio y no ha hecho nada con ella, es más ni la ocupación de la navaja se puede hacer así porque sí...pero en fin tanto tu primer post como el segundo si eres guardia, que Dios pille confesado a tus compañeros.
Que recurra y alege las circunstancias que considere, como dicen una navaja en el caso del albañil para el bocata,el tomate a las 12 horas no es lo mismo que a las 3 Horas,habria que valorar.
En cuanto a portar un arma blanca fuera de servicio no le veo ni pros ni contras frente a llevar una 9mm,38 un 45 o una del 12 en el maletero porque salta la liebre jajajaja.
saludos
Jabibi si es que se refiere a estando de servicio
De momento creo que no adjudican navajas , extensibles, kubotan etc, y no forman parte de la uniformidad con lo cual su uso no queda amparado bajo ninguna orden o reglamento, otra cosa es que se lo permitan portar en el uniforme.
En el servicio marítimo la dan de dotación.
Vamos a ver que lo denunciara la PM o quien fuera, aunque fuera otro compañero GC, no significa que deba tenerse como ejemplo de praxis policial. Creo que te han contestado suficientemente los compañeros; yo llevo una navaja o cuchillo de supervivencia, y lo llevo para uso POLICIAL, cuando dan las medidas y características según el reglamento de armas se denuncia el porte o uso indebido. La podrías utilizar perfectamente para lo que te han explicado los compañeros: cortar bridas..., ¿con que cortarías la cuerda con la que se intentó ahorcar un suicida como le paso a un compañero mio?
Tampoco los civiles s llevan pistola....no se , eso q pueden tomárselo mal....es como lo de hablar por el mv conduciendo, nosotros si podemos...
Tampoco adjudican teléfonos móviles, gafas, bocadillos de mortadela ni calzoncillos. Y se pueden llevar. Otra cosa es el uso que se haga de ellos. Una navaja (sin ser arma prohibida) solo tiene la limitación en el uso que se haga de ella. Si no se acuchilla a nadie, y se porta para algo justificado (cortar bridas, cinturones, etc) no hay problema. Al electricista no le da el Estado un cutter de dotación, pero lo puede usar en su trabajo (pero no a un concierto).
Si hablamos de armas prohibidas (más de 11cm, doble filo, automáticas, etc) entonces ya sería otro tema
Por otro lado, la duda que plantea el compañero, es una duda lógica. Las respuestas prepotentes e irrespetuosas están de más... No es necesario dudar de su profesionalidad, sentido común u honestidad. Tampoco es necesario burlarse de él, ¿no?
Q tu puedes hablar por el movil?
Bueno en alguna correria asi un poco alejada para cortar el bocata y la longaniza, que una albaceteña te saca de muchos apuros
Como toda la vida del señor que se ha llevado
Elementos NO de dotación pero uso proporcional y adecuado frente a agresiones ilegítimas= NO cabría Responsabilidad Penal, pudiera haberla civil, y el estado no se ocuparía de tí subsidiariamente. Pudiera dar lugar a ilícito segun nuestro Régimen Disciplinario.
Para el que dice lo de la extensible...
1.- En sigo incluso aparece el hecho de interés de uso de defensa extensible.
2.- Osea que se nos aplica distinto reglamento de armas y CP que al resto de fuerzas de seguridad ¿no?. Resulta que PPLL, PPAA,... pueden llevar hasta la TASER y para nosotros es ilegal. Los jueces entrarían solo en la adecuación y proporción en los medios empleados, responsabilidad solo civil y/o disciplinaria, ahora bien si no la hay penal...
Os comeis y faltais entre compaňeros.
Respetaros mas.
Compaňero, si puedes llevar la navaja.
Un paisano si no es de mas de 11 cm que las tienen prohibidas salvo en domicilio, puede llevarla para usos justificados y en zonas logicas.
La verdad es que con cualquier tema aquí terminamos como el rosario de la Aurora. Como ya han comentado el problema es el uso que le des a la navaja. No es plan de llevarla colgando del cinturón pero en una bolsa/mochila policial o en una funda discreta no veo el problema. Es más, en multitud de situaciones puede ser una ayuda excelente.
Dos puntualizaciones y un saludo:
Nosotros SÍ podemos utilizar el móvil, en el ejercicio de nuestras funciones (no para hablar con la mujer) y el Reglamento de Armas no nos es de aplicación de forma genérica.
Creo q se refería al . móvil conduciendo no?
Y eso de que nosotros podemos me suena muy raro, yo ni lo uso ni dejo a los demás, conduciendo se para uno a la derecha como todo dios y no me vale lo de que es por curro, que hable con el cos o con quien sea el que va de copiloto. ..
Reglamento General de Circulación
Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).
Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tenganencomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto articulado).
Que tú hagas lo que estimes oportuno me parece perfecto, pero que no permitas a alguien hacer algo que la ley no prohibe no me parece tan correcto. Lo siento.
Poco me importa lo que puedan opinar unos u otros o lo que alguna normativa particular pueda decir al respecto. Parto de la premisa de que, como con cualquier achiperre, lo importante y lo que marca la diferencia es el uso que se hace de la herramienta, y consecuentemente es el individuo que la utiliza lo importante. Si hablamos de un agente de la autoridad, al que se le supone ( y no se debe dudar de ello) que está preparado y del que sus acciones son profesionales ( siempre con las inevitables excepciones) el portar un útil como una navaja ( hablo de navaja; no de estoques , ni de sables, ni machetes o artilugios más propios de taraos mentales y peliculeros) es correcto e incluso aconsejable. Me explicaré:
Un servidor no es agente ( algunos ya son conocedores de la circunstancia; pero conviene advertirlo para el resto), pero profesionalmente me gano los garbanzos actuando cuando ya nadie puede hacer nada y, salvo en determinados casos curiosos y rocambolescos, siempre me es necesario tener a mano una herramienta que no sea muy grande o pesada, y que pueda sacar las castañas del fuego y solucionar infinidad de problemas. Esa herramienta es la típica navaja multiusos de buena calidad; y mucho mejor esa otra herramienta que incluye unos pequeños alicates además de lo habitual. Por lo tanto os aconsejo que, no solo estando de servicio; incluso en cualquier actividad de la vida normal, es aconsejable tener a mano este tipo de chisme.
Ya he dicho que no tengo ni idea de lo legislado al respecto, pero si algún día alguno de vosotros me toca los calandrines por portar mi pequeña herramienta, primero acataré lo que me diga y posteriormente ya procuraré yo enterarme de cómo anda el asunto; pero siempre trataré de razonar el por qué de portarla; y si no entra en razones, no me quedará más remedio que pensar que he topado con un “melón” cuadriculado.
Si alguno se siente aludido lo siento, pero si soy sincero y honrado así lo pienso aunque no guste.
PD. Si alguno está interesado, podría enumerar una serie de “trastos” que pueden resultar imprescindibles en un vehículo para el servicio, y que están destinados a facilitar las acciones cuando se trata de ayudar a nuestros semejantes ( aunque supongo que cualquier veterano os puede asesorar mejor que yo)
Perdón por la tardanza...john locke creo q te han puesto hasta el.articulo no?
Q yo no lo haga (me parece amoral aun siendo legal) no quiere decir q no se pueda...prohibir me ibas a prohibir poco..
Yo la llevo en forma de Leathermann de esos (o como se escriba) porque en algún servicio me ha hecho falta, he tomado nota, y me he comprado una.
Llevo navaja igual que un fontanero, un electricista, o uno que cuide ovejas.
Fuera de servicio, como deberían hacer todos los particulares, no llevo navaja.
Saludos.
Sobre el móvil: Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tenganencomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto articulado).
Efectivamente, en el ejercicio de las funciones y las funciones están muy claras, no son estar hablando con la parienta, los colegas, etc., ni mandar o leer Whatsapp, que está uno ya hasta las pelotas. En cuanto a la navaja de servicio, llevo una pequeña en el bolsillo que alguna vez me ha venido bien.
Quien hace esas pregunta tonta o dice esas chorradas no es guardia civil desde mi punto de vista
Las preguntas realizadas por algun@ mosquean...
Son realmente compis????
Pues que estudien si lo son.....