No se trata de ponerse del lado del "macho" se trata de:
Constitución Española
Artículo 24
(...)
2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
O también estas a favor de invertir la carga de la prueba en estos casos? eso si tiene bastante de inquisidor y casposo, algo asi como el proceso penal del S.XV.
Mi opinión personal me la reservo, como casi todos los guardias que hemos tratado día a día con casos de VIOGEN.
Un saludo