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  1. #1
    No tienes la obligación de entregar copia de la denuncia al denunciado, simplemente le informas de que lo va a ser y que le llegará el expediente de denuncia a su domicilio. Aun así, si quiere copia de la denuncia para iniciar el procedimiento de alegaciones, le informas de que puede acercarse al Puesto y solicitarla.

    Es lo que se hace desde que se instauró el SIGO. Aun no se a imputado por nada a nadie por hacerlo así y no ha habido problemas mayores. Pero que si tu quieres darle copia in situ para facilitarte tu trabajo, perfecto.

  2. #2
    jl@pez1957
    Guest
    Cita Iniciado por El Bicho Verde Ver mensaje
    No tienes la obligación de entregar copia de la denuncia al denunciado, simplemente le informas de que lo va a ser y que le llegará el expediente de denuncia a su domicilio. Aun así, si quiere copia de la denuncia para iniciar el procedimiento de alegaciones, le informas de que puede acercarse al Puesto y solicitarla.

    Es lo que se hace desde que se instauró el SIGO. Aun no se a imputado por nada a nadie por hacerlo así y no ha habido problemas mayores. Pero que si tu quieres darle copia in situ para facilitarte tu trabajo, perfecto.
    En una denuncia normal, puede que si.

    Pero si en la denuncia se interviene alguna cosa / drogas, armas, etc) lo ideal y lo que menos problemas puede generar es entregar copia en el momento y donde conste bien claro lo intervenido.

    En dos destinos anteriores las actuaciones en drogas eran muy elevadas, asi como en armas.

    La Unidad tenia un acta muy bien confeccionada que se podia rellenar en muy poco tiempo y donde figuraba lo intervenido ( ya estaba digamos estructurado lo mas normal) y los pasos a seguir asi como el contacto para el tramite de su denuncia.

    Con ese sistema nos evita primero malos entendidos de que he intervenido y luego que una persona puede ser de la demarcación pero si es de fuera como sabe el porque, que y demas de la denuncia.

    En el apartado de SIGO intentare explicar como gestionar la denuncia con o sin acta o denuncia insitu..........

    Pero insisto si se interviene algo, recibo o acta en el momento.

    No es de recibo intervenir algo y que el denunciado no tenga constancia en ese momento.

    Podrá ser una propiedad ilegal, pero es una propiedad y nosostros somos los custodios hasta la entrega a la Autoridad u Organismo que corresponda.

    Hay cosas que no se hacen lo bien que se debiera.

    Aun conservo y se que se usan esos modelos.

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