La ley, creo en mi humilde opinión, que está bastante clara. El que necesite más descanso entre servicio y servicio que se acoja a las 11 horas como mínimo entre éstos, el que por los motivos que sean, como es mi caso, preferimos hacer triplete TM/N SLL, podemos acogernos al descanso de 8 horas. Así todo el mundo contento.
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