Pues parece que sí.
No queremos tripletes, y nos ponen esta mierda. Ya ves que descansadisimos vamos a estar con un turno como ese.
A ver quien me explica a mi, porque un triplete no, y un TMMN, si, pues eso es mas agónico todavía.
Para poner doblete luego debe ir descanso semanal, vacaciones permiso semana santa o navidad. T/M/MN/SLL
¡ A SUS ÓRDENES !
Como que sábado y domingo no descuentan horas??A ver si alguien que ya esté haciendo el cuadrante me puede echar una mano con esta cuestión:
Cada día de vacaciones son 7,5h a descontar, excepto sábado y domingo. Y todas las semanas hay que tener dos libres completos. Tengo a uno en cuadrante que tiene vacas de viernes a jueves. La segunda semana está claro que le corresponden los libres. Pero en la primera ya tengo dos días (sábado y domingo) que NO suman horas. Si le pongo esa semana otros dos días libres, no hay manera de que llegue a las horas. Le faltarían unas 15, habiendo cumplido con la orden general e incluso metiendo un par de dobletes. Solución?
O es que las semanas de vacaciones donde hay fin de semana ya no hay que añadir dos libres?
Gracias
No descuentan si pides las semana entera, sino 7.5 horas sábado y domingo. Y le corresponderia descanso semanal en las 2 semanas.
Una pregunta si cojo vacaciones viernes y lunes cuanto te descuenta 15 horas o 30 de los 4 días?
Gracias antemano
1-olvidarse de anterior O. General, cambiar la forma de pensar es todo nuevo.
2- En un Pto seguridad ciudadana area prevención., para llevar bien las horas del personal hay que PENSAR EN SEMANAS 37,5h dias naturales de lunes a domingo.
3-Dias deducibles: vacaciones, bajas/indispuestos, permiso, licencia, comisión de servicio, descansos compensatorios, 14 festivos, descanso singularizados por cada 3 servicios que realices en festivos y 6 noches. Todos 7,5 horas en jornadas 37,5h.
4-Descanso diario: -11h. Caracter general, -8h. por razobes organizativas, o de conciliación familiar, o necesidades del servicio (deben ser sobrevenidas y no una escusa), sumar las 3h. Restantes al descanso diario siguiente o al descanso semanal.-8h antes de un descanso semanal, vacaciones o permiso semana santa o navidad.-12h. Después de un servicio nocturno.
5-Descanso semanal: 48h. Coincidente con 2 dias naturales, se permite acular 2 descansos semanales 1 vez al mes max. (Petición por escrito antes del 15 mes anterior), descanso semanal 1cada 3 en finde, salvo verano 1cada4. hay que respetar esta cadencia aunque estes de vacaciones, permiso, baja, etc.
6- Servicios mínimo 5h. Máximo 8h., si no se puede finalizar servicio: -3 h de servicio día deducible, entre 3h. Y 5h. Las que realices, + 5 h. Las horas del servicio nombrado.
7- horarios de prestacion servicio: no podran empezar ni finalizar en los tramos horarios que refleja la nueva O.G.
8-Cuando se supera la jornada de trabajo (semana dias naturales lunes a domingo 37,5h.) Pueden originar productividad o dias compensatorios, este último se disfruta mes siguiente máximo 2 en el mismo mes.
EJEMPLO 2 SEMANAS:
Primera: Lunes a domingo vacaciones: (1 semana deducible) esta semana cuenta como 37,5h.
Segunda: Lunes a miercoles indispuesto ( 3 dias deducibles=3x7,5= 22,5h.) jueves mañana 7h. y noche8h. Son 15 horas, viernes saliente, sabado y domingo libre (descanso semanal). Esta semana 37.5h jornada laboral -22,5h.=15 h. Y has realizado 15 horas de servicio. Pues vas correcto de horas.
Última edición por nivida; 16/03/2015 a las 20:37
¡ A SUS ÓRDENES !
Sí pero todas esas mejoras serían mucho más efectivas con un buen turno. Y no la porquería que están poniendo, con saliente y mañana; con saliente y doblete; con dos dobletes seguidos; con entrante de mañana después del libre; con 9 servicios seguidos etc etc etc
Habéis visto las nuevas FAQS????
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