Creo que hay que diferenciar entre, si el día 15 de agosto es deducible (-7.5h) y si corresponde o no un descanso por festivo (DF).

Si estás de vacaciones, está claro que NO corresponde DF más adelante por ese día.

Si estás disponible (aunque estemos descansando o nos den un AP), corresponde DF más adelante por el 15 de agosto.

Ahora la pregunta del millón en cuanto a las horas:
Sabiendo que los festivos dentro de los periodos vacacionales, sí hay que deducir -7.5h (no como pasa con los findes dentro de vacaciones)....

¿cómo se cuenta a alguien que tenga vacaciones toda esa semana hasta el sábado 15 incluido?

Si contamos la deducción correspondiente, tendría 6 días deducibles esa semana.
Si no contamos la deducción correspondiente, estaríamos yendo contra la OG, no?

Un saludo.