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Tema: Beretta

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  1. #1
    Claro con la funda "para el hurto" de dotación NO se puede llevar de esa manera.
    Con una buena funda antihurto ¿por qué no?, lo más seguro es que nos jubilemos sin haber pegado un sólo tiro, pero si sólo una vez nos hace falta como la llevemos según dicen los que hicieron una norma cuando teníamos pistolas de simple acción, seremos muertos , así que el que siga esa obsoleta directriz el verá (recordemos que en 1995 la pistola general era la BM)
    En cuanto a los instructores hay muchos unos muy buenos y otros muy malos.
    Ahora en los ejercicios de tiro disparamos uno de ellos en doble acción.
    Pienso que en tiro no estamos preparados pero hay Comandancias que se han quedado en los tiempos del mosquete y la pistola de chispa

  2. #2
    General de Brigada
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    Cita Iniciado por Munifex Ver mensaje
    así que el que siga esa obsoleta directriz el verá (recordemos que en 1995 la pistola general era la BM)
    Dicha Orden General obsoleta o no, la realidad es que sigue vigente , incluso con alguna pequeña modificación introducida hace pocos años. Una cosa es lo que decida hacer alguno personalmente y bajo su responsabilidad y otra como viene regulado.
    El personal tiene que tener bien claro que en la GC a día de hoy está prohibido portar cartucho en recamara.

    Solo es una puntualización a "efectos legales", ya que estoy seguro que mucha gente del Cuerpo lo desconoce.

  3. #3
    Cita Iniciado por mariatxy Ver mensaje
    Dicha Orden General obsoleta o no, la realidad es que sigue vigente , incluso con alguna pequeña modificación introducida hace pocos años. Una cosa es lo que decida hacer alguno personalmente y bajo su responsabilidad y otra como viene regulado.
    El personal tiene que tener bien claro que en la GC a día de hoy está prohibido portar cartucho en recamara.

    Solo es una puntualización a "efectos legales", ya que estoy seguro que mucha gente del Cuerpo lo desconoce.
    La orden general del 95 ha sido derogada con fecha 1.1.2016, se derogó en una orden general del 2015 donde se hace referencia al Patio. Por lo tanto el anexo 1 de esa orden donde se prohibía llevar cartucho en recámara no está en vigor.
    Saludos.

  4. #4
    General de Brigada
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    Cita Iniciado por manuelguti Ver mensaje
    La orden general del 95 ha sido derogada con fecha 1.1.2016, se derogó en una orden general del 2015 donde se hace referencia al Patio. Por lo tanto el anexo 1 de esa orden donde se prohibía llevar cartucho en recámara no está en vigor.
    Saludos.
    No me constaba dicha derogación tan reciente después de tantos años vigente y de hecho en 2012 fue complementada pero no derogada. A ver si alguien puede ilustrarnos con fecha y numero de dicha OG del 2015.
    Todo lo que sea aprender nunca está demás.

    Gracias.

  5. #5
    Cita Iniciado por mariatxy Ver mensaje
    No me constaba dicha derogación tan reciente después de tantos años vigente y de hecho en 2012 fue complementada pero no derogada. A ver si alguien puede ilustrarnos con fecha y numero de dicha OG del 2015.
    Todo lo que sea aprender nunca está demás.

    Gracias.
    Afirmativo. Está derogada incluso la complementación de 2012. Queda el manual de intervención operativa. En el punto capítulo 21, punto 5 tienes lo del cartucho en recámara. Actualmente es lo único que hay. Habla de que "como norma general no se portará cartucho en recámara". Si bien "determinadas situaciones y el arma actual permiten realizarlo así, en doble acción" (alarmas, avisos de atracos etc...).

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