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  1. #1
    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Una ley que recorta derechos es siempre una mala ley, y esta lo hace. Yo antes que guardia civil soy ciudadano y tengo familia, amigos, vecinos, etc... si no es tu caso me das pena.
    Pero vamos a ver, me puedes decir cuáles son esos artículos tan malos, porque mucha palabrería pero sigues sin responder a mi pregunta. Dudo que seas GC, porque muestras un total desconocimiento de la 4/15, la cual dudo que hayas leído....

    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Por cierto, una ley se deroga con mayoría absoluta que los que estaban a favor de esa ley (PP y C,s) ya no tienen, por lo tanto el resto sí que se puede poner de acuerdo para votar su derogación.
    Infórmate tú, porque C's en la anterior legislatura no tenía ningún escaño, por lo que es imposible que tuviese mayoría absoluta con el PP, el cual la tenía por si sólo. Por cierto, a ver si me puedes poner algo que demuestre que C's estaba a favor de la 4/15.

    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    A ver si nos mantenemos informados:

    http://www.europapress.es/nacional/n...103101734.html
    Estoy muy bien informado, y por eso te digo que PSOE, Podemos e IU no tienen mayoría absoluta, por lo que para derogar algo, necesitarían el apoyo de otros partidos.

    Por cierto, la ley del deporte mete peores estacazos y por cosas mucho menos graves que las e pueda recoger la 4/15, pero de esa no dices nada, como es una ley creada por el PSOE......

    Muchos artículos de la 4/15 ya estaban en la 1/92, pero de esa tampoco dices nada......



    PD: Espero tu respuesta sobre cuáles son esos artículos tan malos de la 4/15.

  2. #2
    B a n n e d
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    587
    Cita Iniciado por Bávaro Ver mensaje
    Pero vamos a ver, me puedes decir cuáles son esos artículos tan malos, porque mucha palabrería pero sigues sin responder a mi pregunta. Dudo que seas GC, porque muestras un total desconocimiento de la 4/15, la cual dudo que hayas leído....



    Infórmate tú, porque C's en la anterior legislatura no tenía ningún escaño, por lo que es imposible que tuviese mayoría absoluta con el PP, el cual la tenía por si sólo. Por cierto, a ver si me puedes poner algo que demuestre que C's estaba a favor de la 4/15.



    Estoy muy bien informado, y por eso te digo que PSOE, Podemos e IU no tienen mayoría absoluta, por lo que para derogar algo, necesitarían el apoyo de otros partidos.

    Por cierto, la ley del deporte mete peores estacazos y por cosas mucho menos graves que las e pueda recoger la 4/15, pero de esa no dices nada, como es una ley creada por el PSOE......

    Muchos artículos de la 4/15 ya estaban en la 1/92, pero de esa tampoco dices nada......



    PD: Espero tu respuesta sobre cuáles son esos artículos tan malos de la 4/15.
    Es mentira que se regulan las injustas e ilegales devoluciones en caliente en la frontera ?
    Es falso que se incrementan las sanciones hasta los 600.000 €uracos, y que te pueden sancionar con 30.000 € por una falta grave y 600 €urazos por una falta leve ? Manifestarse sin permiso, por ejemplo, hasta 30.000 €uros.
    Es falso que han protegido especialmente al Congreso y al Senado para que nadie más ose molestar a sus señorías ?
    Es también mentira que se tipifica como delito intentar impedir un desahucio ?
    Es también falso que te pueden sancionar por que lleves una prenda militar que se confunda con un uniforme policial ?
    También es mentira que te meten un puro que te cagas por poner una foto en una red social de un coche de policía mal aparcado ?

    Independientemente de que te parezcan bien o mal esas medidas lo que es patético es que te parezca bien una ley que sanciona gravemente las actitudes de los ciudadanos que, en muchos casos, se pueden producir en el legítimo derecho de la defensa de sus intereses, mediante sanciones administrativas económicas, sustrayendo el control previo de los jueces en esas tipificaciones. Las eliminamos como faltas (ahora delitos leves) o delitos y las convertimos en infracciones para arrear estopa a diestro y siniestro sin garantía alguna y sin control judicial. Típico de Venezuela...
    Qué raro que esté todo el mundo en contra menos el PP, incluyendo a jueces y fiscales y a una parte no desdeñable de los votantes de ese mismo partido político, no te parece ?

    Aquí para ser Guardia Civil hay que pensar con la mano abierta o de lo contrario eres un desertor del arao, verdad ?

    Ciudadanos es el único partido político que está de acuerdo con que siga gobernando el PP, por lo tanto es cómplice de toda la bazofia que han legislado en esta legislatura. Y en el actual parlamento excepto 170 diputados, el resto que suman 180 están en contra del PP. No creo que les cueste mucho derogarla...

    P.D.: Si quieres que te mire los artículos te tengo que pasar la minuta.

  3. #3
    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Es mentira que se regulan las injustas e ilegales devoluciones en caliente en la frontera ?
    Injustas e ilegales porque lo digas tú, claro......., lo que es ilegal es entrar en España saltando una valla y tirándole piedras a los GCs que protegen el perímetro.

    De todas formas, las devoluciones en caliente no son una novedad, hace años que se hacen en los aeropuertos.

    No veo nada malo en el artículo.

    "«Disposición adicional décima. Régimen especial de Ceuta y Melilla.
    1. Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España.
    2. En todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte.
    3. Las solicitudes de protección internacional se formalizarán en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se tramitarán conforme a lo establecido en la normativa en materia de protección internacional.»"




    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Es falso que se incrementan las sanciones hasta los 600.000 €uracos, y que te pueden sancionar con 30.000 € por una falta grave y 600 €urazos por una falta leve ?
    Lo que es falso es que la primera vez te metan la sanción en su grado medio o máximo así por las buenas, para eso se tienen en cuenta una serie de criterios.



    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Manifestarse sin permiso, por ejemplo, hasta 30.000 €uros.
    MIENTES O NO TIENES NI PUÑETERA IDEA, manifestarse sin comunicarlo es una infracción leve, por lo que la sanción máxima son 600 euros.

    Por cierto, la 9/83 exige que hay que comunicarlo, no que haya que pedir permiso, que no es lo mismo.



    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Es falso que han protegido especialmente al Congreso y al Senado para que nadie más ose molestar a sus señorías ?
    Hombre, se supone que la Cortes Generales son la representación del pueblo y la democracia. Esa conducta se castiga en otros países desarrollados aunque no haya altercados, requisito exigido aquí.

    No veo el problema.

    "La perturbación grave de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones o manifestaciones frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, aunque no estuvieran reunidas, cuando no constituya infracción penal."



    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Es también mentira que se tipifica como delito intentar impedir un desahucio ?
    La 4/15, no habla de delitos......., de todas formas no es una novedad, ya que impedir la actuación de los miembros de las FFCCS, y más cuando son órdenes de la Autoridad Judicial, es algo ilícito de toda la vida.

    No veo ningún problema en el artículo que sanciona administrativamente esa conducta, a ver si ahora la gentuza va a poder hacer lo que le salga de dentro y saltarse la leyes. El problema es que en este país, la gente está muy mal acostumbrada.

    "Los actos de obstrucción que pretendan impedir a cualquier autoridad, empleado público o corporación oficial el ejercicio legítimo de sus funciones, el cumplimiento o la ejecución de acuerdos o resoluciones administrativas o judiciales, siempre que se produzcan al margen de los procedimientos legalmente establecidos y no sean constitutivos de delito. "




    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Es también falso que te pueden sancionar por que lleves una prenda militar que se confunda con un uniforme policial ?
    Si, tal como lo dices es falso. Y lo que dice el artículo tiene toda la lógica del mundo.

    14. "El uso público e indebido de uniformes, insignias o condecoraciones oficiales, o réplicas de los mismos, así como otros elementos del equipamiento de los cuerpos policiales o de los servicios de emergencia que puedan generar engaño acerca de la condición de quien los use, cuando no sea constitutivo de infracción penal."



    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    También es mentira que te meten un puro que te cagas por poner una foto en una red social de un coche de policía mal aparcado ?
    Si, es mentira, una cosa es que los policías propongan para sanción y otra que la autoridad competente, de hecho, en los casos como los que comentas, se han archivado.

    http://www.elmundo.es/comunidad-vale...a6d8b4585.html

    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Independientemente de que te parezcan bien o mal esas medidas lo que es patético es que te parezca bien una ley que sanciona gravemente las actitudes de los ciudadanos que, en muchos casos, se pueden producir en el legítimo derecho de la defensa de sus intereses, mediante sanciones administrativas económicas, sustrayendo el control previo de los jueces en esas tipificaciones. Las eliminamos como faltas (ahora delitos leves) o delitos y las convertimos en infracciones para arrear estopa a diestro y siniestro sin garantía alguna y sin control judicial. Típico de Venezuela...
    Para eso está el contencioso, para recurrir, igual que ocurre con con las sanciones administrativas de otras leyes.


    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Qué raro que esté todo el mundo en contra menos el PP, incluyendo a jueces y fiscales y a una parte no desdeñable de los votantes de ese mismo partido político, no te parece ?
    Yo no defiendo al PP, de hecho no le he votado, pero hay partidos que están en contra de la ley, simplemente porque la ley la ha hecho el PP. Como te dije antes, el PSOE ha recurrido un artículo que es un copia y pega de uno que estaba en la 1/92, hecha por ellos.

    Las asociaciones de jueces que están en contra, son las de ideología de izquierdas, como por ejemplo "Jueces para la democracia".


    PD: Me parece que la minuta te la voy a tener que pasar yo a ti, ya que te he enseñado algunas cosas.....

  4. #4
    Teniente General Avatar de Nefertari
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    Cita Iniciado por Bávaro Ver mensaje
    Injustas e ilegales porque lo digas tú, claro......., lo que es ilegal es entrar en España saltando una valla y tirándole piedras a los GCs que protegen el perímetro.

    De todas formas, las devoluciones en caliente no son una novedad, hace años que se hacen en los aeropuertos.

    No veo nada malo en el artículo.

    "«Disposición adicional décima. Régimen especial de Ceuta y Melilla.
    1. Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España.
    2. En todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte.
    3. Las solicitudes de protección internacional se formalizarán en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se tramitarán conforme a lo establecido en la normativa en materia de protección internacional.»"






    Lo que es falso es que la primera vez te metan la sanción en su grado medio o máximo así por las buenas, para eso se tienen en cuenta una serie de criterios.





    MIENTES O NO TIENES NI PUÑETERA IDEA, manifestarse sin comunicarlo es una infracción leve, por lo que la sanción máxima son 600 euros.

    Por cierto, la 9/83 exige que hay que comunicarlo, no que haya que pedir permiso, que no es lo mismo.





    Hombre, se supone que la Cortes Generales son la representación del pueblo y la democracia. Esa conducta se castiga en otros países desarrollados aunque no haya altercados, requisito exigido aquí.

    No veo el problema.

    "La perturbación grave de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones o manifestaciones frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, aunque no estuvieran reunidas, cuando no constituya infracción penal."





    La 4/15, no habla de delitos......., de todas formas no es una novedad, ya que impedir la actuación de los miembros de las FFCCS, y más cuando son órdenes de la Autoridad Judicial, es algo ilícito de toda la vida.

    No veo ningún problema en el artículo que sanciona administrativamente esa conducta, a ver si ahora la gentuza va a poder hacer lo que le salga de dentro y saltarse la leyes. El problema es que en este país, la gente está muy mal acostumbrada.

    "Los actos de obstrucción que pretendan impedir a cualquier autoridad, empleado público o corporación oficial el ejercicio legítimo de sus funciones, el cumplimiento o la ejecución de acuerdos o resoluciones administrativas o judiciales, siempre que se produzcan al margen de los procedimientos legalmente establecidos y no sean constitutivos de delito. "






    Si, tal como lo dices es falso. Y lo que dice el artículo tiene toda la lógica del mundo.

    14. "El uso público e indebido de uniformes, insignias o condecoraciones oficiales, o réplicas de los mismos, así como otros elementos del equipamiento de los cuerpos policiales o de los servicios de emergencia que puedan generar engaño acerca de la condición de quien los use, cuando no sea constitutivo de infracción penal."





    Si, es mentira, una cosa es que los policías propongan para sanción y otra que la autoridad competente, de hecho, en los casos como los que comentas, se han archivado.

    http://www.elmundo.es/comunidad-vale...a6d8b4585.html



    Para eso está el contencioso, para recurrir, igual que ocurre con con las sanciones administrativas de otras leyes.




    Yo no defiendo al PP, de hecho no le he votado, pero hay partidos que están en contra de la ley, simplemente porque la ley la ha hecho el PP. Como te dije antes, el PSOE ha recurrido un artículo que es un copia y pega de uno que estaba en la 1/92, hecha por ellos.

    Las asociaciones de jueces que están en contra, son las de ideología de izquierdas, como por ejemplo "Jueces para la democracia".


    PD: Me parece que la minuta te la voy a tener que pasar yo a ti, ya que te he enseñado algunas cosas.....


    Un excelente post Bávaro, con respuestas aclaratorias. La "desinformación" manejada en los medios por intereses partidistas de partidos políticos hace más mella de lo que se piensa.
    Todas las veces que Sánchez dijo que no pactaría con Podemos, ERC y Bildu
    Éstas son todas las veces que lo prometió en falso y ante las cámaras que no habría tratos con comunistas, separatistas y proetarras, fuerzas políticas que ya no le quitan el sueño al presidente Sánchez.

  5. #5
    Cita Iniciado por Nefertari Ver mensaje
    Un excelente post Bávaro, con respuestas aclaratorias. La "desinformación" manejada en los medios por intereses partidistas de partidos políticos hace más mella de lo que se piensa.
    Muchas gracias.

    El "desinformado" al que se lo he explicado, ni poniéndole los artículos le entra en la cabeza, o no quiere que le entre.....

  6. #6
    Lo voy a intentar por última vez.....


    Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana

    Artículo 37. Infracciones leves.

    Son infracciones leves:

    1. La celebración de reuniones en lugares de tránsito público o de manifestaciones, incumpliendo lo preceptuado en los artículos
    4.2, 8, 9, 10 y 11 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, cuya responsabilidad corresponderá a los organizadores o promotores.
    Artículo 39. Sanciones.

    1. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 30.001 a 600.000 euros; las graves, con multa de 601 a 30.000 euros, y las leves, con multa de 100 a 600 euros.

    Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión.

    CAPITULO IV
    De las reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones

    Artículo octavo. (8)

    La celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de aquéllas, con una antelación de diez días naturales, como mínimo y treinta como máximo. Si se tratare de personas jurídicas la comunicación deberá hacerse por su representante.

    Cuando existan causas extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia de convocatoria y celebración de reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, la comunicación, a que hace referencia el párrafo anterior, podrá hacerse con una antelación mínima de veinticuatro horas.

  7. #7
    B a n n e d
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    587
    Cita Iniciado por Bávaro Ver mensaje
    MIENTES O NO TIENES NI PUÑETERA IDEA, manifestarse sin comunicarlo es una infracción leve, por lo que la sanción máxima son 600 euros.

    Por cierto, la 9/83 exige que hay que comunicarlo, no que haya que pedir permiso, que no es lo mismo.
    Ya que no sabes hablar sin SUPRIMIDO no volveré a cruzar palabra alguna contigo.

    Tan sólo una puntualización sobre lo que dice la Ley 4/2015 en su art. 36.2:

    2. La perturbación grave de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones o manifestaciones frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, aunque no estuvieran reunidas, cuando no constituya infracción penal.

    Si te manifiestas frente al Parlamento de tu comunidad autónoma obviamente es sin permiso, porque no te lo van a conceder, y en ese caso te pueden meter hasta 30.000 €. Ni es una mentira ni es no tener ni puñetera idea, porque lo dice la ley.
    Por cierto, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite un recurso de inconstitucionalidad contra este y otros artículos de esta infame ley. Ya veremos si no termina capada si no la derogan antes. Lo sentiré mucho por tí, y por muchos otros como tú.
    Última edición por ARRIANO; 08/02/2016 a las 00:40 Razón: SUPRIMIDO por incumplir las normas del Foro.

  8. #8
    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Ya que no sabes hablar sin rebuznar no volveré a cruzar palabra alguna contigo.
    No rebuzno, simplemente te he dado un repaso y por eso no quieres debatir conmigo, por cierto, ahora te voy a dar otro.....

    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Tan sólo una puntualización sobre lo que dice la Ley 4/2015 en su art. 36.2:

    2. La perturbación grave de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones o manifestaciones frente a las sedes del Congreso de los Diputados, el Senado y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, aunque no estuvieran reunidas, cuando no constituya infracción penal.
    Ese artículo habla de una perturbación grave de la SC, no habla de no comunicar o de manifestarse.



    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Si te manifiestas frente al Parlamento de tu comunidad autónoma obviamente es sin permiso, porque no te lo van a conceder, y en ese caso te pueden meter hasta 30.000 €. Ni es una mentira ni es no tener ni puñetera idea, porque lo dice la ley.
    MIENTES otra vez o sigues sin tener ni puñetera idea, la sanción hasta 30.000 euros sería por perturbar gravemente la SC, no por no comunicar la concentración/manifestación en las inmediaciones de la Asamblea, que sería una sanción leve, es decir, como mucho de 600 euros. Y como dije anteriormente, para imponer la sanción en su grado máximo, tienen que cumplirse unos criterios muy concretos, vamos, que no se impone así porque sí de buenas a primeras, ¿ quieres que te que explique esto también? pero tendré que pasarte la minuta, que te estoy enseñando mucho........


    Cita Iniciado por animaldebellota Ver mensaje
    Por cierto, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite un recurso de inconstitucionalidad contra este y otros artículos de esta infame ley. Ya veremos si no termina capada si no la derogan antes. Lo sentiré mucho por tí, y por muchos otros como tú.
    Que lo acepte a trámite no quiere decir nada.

    De todas formas, te informo de que el TC está politizado y el PP tiene mayoría en número de juristas de los que componen el tribunal, así que.......


    PD: espero que no seas miembro de las FFCCS, porque tú nivel de conocimientos deja mucho que desear....., vale que los medios y políticos de cierta ideología, consigan engañar al ciudadano de a pie sobre esta ley, pero que ese mensaje falso cale en profesionales de esto, es preocupante.

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