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Vista híbrida

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  1. #1
    Por tu condición de guardia civil puedes tener un arma particular que es con la que puedes disparar en la galería. Con el arma de dotación no puedes

  2. #2
    Cita Iniciado por akiles1982 Ver mensaje
    Por tu condición de guardia civil puedes tener un arma particular que es con la que puedes disparar en la galería. Con el arma de dotación no puedes
    El chico acaba de explicar que es eventual, aunque casi ha concluido su formación, todavía no ha adquirido el empleo de Guardia Civil ni se ha incorporado a la escala correspondiente, por lo que no tiene mas licencia de armas que la que le dé de dotación la empresa para terminar de cursar sus estudios.

    Por mi parte me alegra ver que un compañero se preocupa de su formación también como "experto en armas" que diría un Juez si te sienta en el banquillo, no hagas el cafre con ella, respétala como herramienta de trabajo y por supuesto nunca dejes de aprender ni dejes en el olvido tu formación con ella, recuerda que durante una jornada laboral, "un fallo en el SIGO se puede corregir, pero un fallo en el uso correcto del arma puede costarte la vida o la de tu compañero o tercera persona". Bienvenido a la empresa
    "Persuasión y Fuerza moral"

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