Cita Iniciado por Gtc79 Ver mensaje
Explico mejor el caso...
Coche a se salta un ceda en una rotonda e impacta con el morro en puerta lateral izquierda coche b, el paisano era del pueblo y con domicilio conocido y carecia de antecedentes, se llamó a cota y en breves apareció atestados que andaban por la zona y les explicamos el caso, nosotros marchamos a otro aviso.....
A mi parecer se le podria imputar y no detener mis razones son que ese 0,73 con etilometro de precision siempre conlleva un margen de error que depende de su antiguedad, con lo que bajaria al 0,67 facilmente, la chica tenia molestias y no quiso ir en ambulancia para su evaluación, los daños fueron abulladura en puerta lateral derecha.
Para mi es una imputacion sin detención.
Al bicho verde decirle que deje de tanto suponer y se baje un poco las botas que las lleva muy subidas.
Mira majo, me has tocado la fibra sensible. Mis años de experiencia y de estudio sobre mi especialidad me ha costado el suficiente esfuerzo para que ahora me vengas a tocar las narices con las "botas altas". Si he supuesto cosas es porque no sabes expresarte ni plantear la duda de una forma mínimamente profesional. Para empezar, la gente de atestados nunca ha utilizado "botas altas", así que imagina lo que puedo llegar a pensar sobre tus conocimientos del funcionamiento del cuerpo.

No me vengas tocando las narices, porque lo mismo te las toco yo, como muchos otros "listillos" que menosprecian las especialidades argumentando el tan manido, que no significa que sea falso, "el guardia de rural sabe un poco de todas las especialidades" porque no tienes ni idea de lo que estás hablando. Y me remito a tu intervención. ¿Se salta un ceda? No querrás decir que no respeta la prioridad de paso... ¿en una rotonda? No querrás decir glorieta. ¿Impacta con el morro? No querrás decir que se produce una colisión fronto-lateral. ¿Le explicamos el caso? O hicimos una exposición de la ocurrencia del siniestro.

Como por lo que veo no tienes mucha idea de lo que dice el código penal, el conductor que, según tu, es el responsable principal del siniestro cometía un presunto delito contra la seguridad vial al conducir un vehículo a motor superando las tasas legalmente establecidas, al conducir con una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado; que no estamos hablando de 0,63, estamos hablando en 0,73... ¿Y me planteas si detienes o no a una persona por la comisión de un delito menos grave? ¿Y pones en duda el trabajo de toda una especialidad? Venga, hombre, no me vengas a dar lecciones de nada. Que muchas horas he hecho con compañeros de verdad de Seguridad Ciudadana asesorando, ayudando y apoyando, sin creerme nada de nada, nada mas que un compañero que apoya a quien lo necesita y cuando lo necesita.

Anda, majo, no me des lecciones de nada, que no las necesito ni las quiero.