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  1. #5
    Pues RD actualizado y que desarrolle todo esto no hay, que yo sepa, pero no se si servirá de referencia este RD que es el que se aplicaba a la Ley de Personal anterior ( Ley 42/1999, mientras que la actual es la Ley 29/2014) https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-20262

    En este RD antiguo, en el artículo 21 y 22 se piden 5 años de servicios desde adquirir el empleo o tiempo reglamentario desde finalización de cursos.
    Buceando he intentado encontrar listas de los cursos a los que hace referencia el RD o la Ley de Personal nueva, pero no hay nada. Lo que sí he encontrado es una sentencia de un compañero que se quiso marchar de PL, y la DGGC le denegó la excedencia, teniéndose que ir por renuncia. Al final se metió en el contencioso y le tuvieron que reconocer la excedencia.

    En cuanto al tema de resarcir económicamente al Estado, miau. No hay nada por ahí tampoco, salvo un borrador en la intranet de hace 6 meses o así en el que se está intentando regular eso.
    Última edición por Per Aspera Ad Astra; 09/05/2017 a las 18:42
    Cuanto es más eficaz mandar con el ejemplo que con mandatos; más quiere el soldado llevar los ojos en las espaldas de su capitán, que traer los ojos de su capitán a sus espaldas. Lo que se manda se oye, lo que se ve se imita. Quien ordena lo que no hace, deshace lo que ordena.

    D. Francisco de Quevedo y Villegas

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