Cita Iniciado por Pelida Ver mensaje
Yo tuve las mismas preguntas que se hace usted, pero siendo Cabo, y optando por las plazas reversadas. Tanto mi S-1, como la Ofap, me informaron que no se pierde la condición de "militar" hasta no ser oficialmente Guardia Civil, es decir, después del año de prácticas, y si durante el transcurso de estar en Baeza o en prácticas me sucede algo, o renuncio, volvería al Ejercito, manteniendo mi empleo, escalafón etc. pero estaría sin destino, y a partir de ahí pues lo básico, cuando está un militar sin destino, de pedir los destinos según publiquen las convocatorias, cuando es pedir opcional y a partir de cuando ya es obligatorias pedir todas las publicadas etc. (desconozco tiempos y plazos). Mi recomendación es que si tiene aún más dudas, en su S-1 deberían de informarle, pero sino, en la Ofap, están obligados a ello.

Un cordial Saludo.
Gracias por la respuesta Pelida, eso mismo me dijeron en la Ofap y S1, solo que ambos añadieron un "creo" al principio de la conversación, por lo tanto, no me fío. Me gustaría encontrar la ley donde se aclare el tema. Aún así volveré a preguntar por la ley donde se especifique tal caso. A ver si tengo suerte.