Cita Iniciado por Alejandro Severo Ver mensaje
Para conocimiento, y si haces uso de una de ellas, es bajo tu responsabilidad, pero que sepas que incurres en falta grave recogida en el régimen disciplinario.

Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil.
Artículo 8. Faltas graves.
18. Utilizar u ordenar la utilización de videocámaras móviles, sin cumplir todos los requisitos exigidos por la Ley.
Desconocía este punto, gracias.

No me importaría hacer un escrito dando cuenta para cumplir con los requisitos exigidos por Ley, pero conociendo a esta empresa, con tal de curarse elllos en salud lo denegarán como con todo.