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  1. #11
    Yo opino que lo de conciliación de la vida familiar y laboral, solo se puede interpretar de una forma: Cuando el interesado atendiendo a sus circunstancias de conciliación de la vida familiar y laboral opte por la prestación del servicio en esta modalidad, que yo sepa la conciliación de la vida familiar y laboral consiste en "facilidades" para que los trabajadores puedan disponer de un determinado horario de trabajo que facilite la compatibilización del trabajo con una "plena" vida familiar, o al menos hasta ahora había sido asi.

    En mi opinión ha sido una formula para evitar un golpe de estado en la GC sin incumplir las obligaciones comunitarias, el que quiera seguir con el triplete podrá seguir haciéndolo, si hay consentimiento no hay responsabilidad. Me parece una buena opción legislativa que nos beneficia a todos.

    EDIT: Al menos en lo que se refiere al tema del descanso diario, el resto de la OG ya no tanto, he visto alguna cosita que no me ha gustado...
    Última edición por afr; 16/02/2014 a las 10:58

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