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Resultados 81 al 90 de 148
  1. #81
    Cita Iniciado por ARRIANO Ver mensaje
    Según nuestro Tribunal Constitucional, la presunción de inocencia tiene una doble dimensión cuando dice que “opera en el seno del proceso como una regla de juicio, pero constituye a la vez una regla de tratamiento, en virtud de la cual el imputado tiene derecho a recibir la consideración y el trato de no autor o no partícipe en hechos de carácter delictivo” (STC 128/1995 de 26 de julio, cuando se refiere a la prisión provisional).

    Como regla de tratamiento, determina que el imputado ha de ser tratado como si fuese inocente, hasta que una condena definitiva no demuestre lo contrario está presente en el proceso penal a lo largo de todas sus instancias.

    Permita, Sr, moderador que discrepa (respetuosamente) con Vd., una cosa es la presunción de inocencia que habrá que desvirtuar ante la Autoridad Judicial Ordenaría y en su cause penal correspondiente, y otra cosa bien diferente, es la facultad que tiene la Administración, ante gravedad de los hechos imputados, y la existencia prisión preventiva, y el perjuicio que la imputación infiera a la Administración así como la alarma social producida, de acordar la SUSPENSIÓN DE FUNCIONES del funcionario, hasta cuando cuando sean escalecidos judicialmente los hechos,

    Esa facultad, está prevista expresamente en nuestra Ley del Personal (articulo 85 de la antigua y 92 de la vigente) y el Estatuto Básico del Empelado Publico, y la Ley de Carrera Militar, y ademas de haberse sido reiteradamente, y repetidamente, respaldada por nuestro Tribunal Supremo, Siendo ademas de lógica, pues no se puede mantener de servicio a una personas sospechosa de haber cometido o al menos participado en la comisión de un ASESINATO (linchar hasta la muerte a UNA PERSONA y luego echarlo al rió)

    Eso sí, si finalmente se demuestra su inocencia, se le habilitará en su puesto, se le pagara las retribuciones que no hayan cobrado, será incluso indemnizado si lo solicita ,
    Última edición por Dox; 17/12/2014 a las 20:03

  2. #82
    Cita Iniciado por Baltasor Ver mensaje
    Que yo sepa ninguna de ambas peñas/asociaciones son ilegales ni políticas, será indecente para muchos pertenecer a ellas o ir a su fondo a animar a su equipo con ellos, pero de momento no es ilegal. Lo que es ilegal es lo que algunos hace antes o después enzarzándose con otros seguidores...
    Para mi una peña deportiva es la que va a ver a su equipo para animarlo deportivamente, sin ofender a nadie en el caso al que nos referimos dista mucho de ello.
    Sea como fuere lo que pienses, creo que es mejor decirlo con buenas palabras.
    William Shakespeare

  3. #83
    Cita Iniciado por Dox Ver mensaje
    Permita, Sr, moderador que discrepa (respetuosamente) con Vd., una cosa es la presunción de inocencia que habrá que desvirtuar ante la Autoridad Judicial Ordenaría y en su cause penal correspondiente, y otra cosa bien diferente, es la facultad que tiene la Administración, ante gravedad de los hechos imputados, y la existencia prisión preventiva, y el perjuicio que la imputación infiera a la Administración así como la alarma social producida, de acordar la SUSPENSIÓN DE FUNCIONES del funcionario, hasta cuando cuando sean escalecidos judicialmente los hechos,

    Esa facultad, está prevista expresamente en nuestra Ley del Personal (articulo 85 de la antigua y 92 de la vigente) y el Estatuto Básico del Empelado Publico, y la Ley de Carrera Militar, y ademas de haberse sido reiteradamente, y repetidamente, respaldada por nuestro Tribunal Supremo, Siendo ademas de lógica, pues no se puede mantener de servicio a una personas sospechosa de haber cometido o al menos participado en la comisión de un ASESINATO (linchar hasta la muerte a UNA PERSONA y luego echarlo al rió)

    Eso sí, si finalmente se demuestra su inocencia, se le habilitará en su puesto, se le pagara las retribuciones que no hayan cobrado, será incluso indemnizado si lo solicita ,
    ¿ya sabes que se le imputa asesinato?
    ¿ademas de jurista tienes el don de la clarividencia?
    ¿sabemos la totalidad de los delitos que se están imputando y a que sujetos activos se les atribuyen?

    Veamos las imputaciones, esperemos los autos y la stcia.
    ¿Suspender de funciones hasta que se esclarezcan los hechos sin limites?
    Todo esta tasado en la ley de personal y en el reg. disc. y la suspensión de funciones para casos de grave indisciplina o alarma social tiene un principio y un final.

  4. #84
    ¿Pero aún no te has enterado que no se le imputa asesinato?Ni a él ni a nadie se le imputa eso, de momento hay un homicidio, y por mi experiencia seguramente quede por imprudencia( por ejemplo uno de los últimos juicios en los que tuve que intervenir, un guiri apuñala con un vaso en el cuello a otro y y éste muere desangrado, finalmente lo han condenado por homicidio imprudente)

  5. #85
    Cita Iniciado por Polilla_ Ver mensaje
    Para mi una peña deportiva es la que va a ver a su equipo para animarlo deportivamente, sin ofender a nadie en el caso al que nos referimos dista mucho de ello.
    No ofendes a nadie pero baltasor tiene razón...de momento tanto el FA como los Riazor Blues no han sido declaradas asociaciones ilicitas.

  6. #86
    Cita Iniciado por Baltasor Ver mensaje
    ¿Pero aún no te has enterado que no se le imputa asesinato?Ni a él ni a nadie se le imputa eso, de momento hay un homicidio, y por mi experiencia seguramente quede por imprudencia( por ejemplo uno de los últimos juicios en los que tuve que intervenir, un guiri apuñala con un vaso en el cuello a otro y y éste muere desangrado, finalmente lo han condenado por homicidio imprudente)
    Baltasor es que si analizas los hechos fríamente desde desde el punto de vista penal te llaman tarado y lindezas semejantes...pareciera que algunos hubiéramos participado en la riña tumultuaria.


    Sera muy difícil que les imputen asesinato...les caerá lesiones agravadas y homicidio en dolo eventual o por imprudencia...todo en concurso con la riña tumultuaria, podrían imputarles también delito de odio que está muy en el candelero.
    Última edición por corleone79; 17/12/2014 a las 20:24

  7. #87
    I
    Cita Iniciado por corleone79 Ver mensaje
    No ofendes a nadie pero baltasor tiene razón...de momento tanto el FA como los Riazor Blues no han sido declaradas asociaciones ilicitas.
    Yo no se donde he dicho que son ilícitas.
    Sea como fuere lo que pienses, creo que es mejor decirlo con buenas palabras.
    William Shakespeare

  8. #88
    Cita Iniciado por corleone79 Ver mensaje
    Lo cortés no quita lo valiente. Las detenciones...de las que no sabemos las imputaciones que llevan aparejadas...no tienen porque terminar en el procesamiento del GC.
    Por otra parte esperemos al sumario...la omisión de perseguir delitos se comete en dolo directo...a ver que grado de responsabilidades adjudica el juez en una reyerta de 200 tios.
    Y en relación a lo que refieres de la opinión pública lo entiendo pero desearía la misma empatia con todos los colectivos...con la policía y la guardia civil también.


    Una policia muerta y uno en coma en las dos últimas semanas...También es un drama social y una lacra pero los medios lo han tratado de diferente forma.
    Que un carpintero, fontanero, etc., incendie bosques, edificios con personas en su interior... es muy grave, si. Pero, ¿no eres capaz de darte cuenta de que esos mismos hechos realizados por un bombero son especialmente gravísimos y que revisten de un plus adicional de especial gravedad?
    En fin... no hay más preguntas. Bye

  9. #89
    Cita Iniciado por Polilla_ Ver mensaje
    I

    Yo no se donde he dicho que son ilícitas.
    Ni tampoco donde digo yo que tu lo digas...estabamos disertando...nada más.

  10. #90
    Cita Iniciado por corleone79 Ver mensaje
    ¿ya sabes que se le imputa asesinato?
    ¿ademas de jurista tienes el don de la clarividencia?
    ¿sabemos la totalidad de los delitos que se están imputando y a que sujetos activos se les atribuyen?

    Veamos las imputaciones, esperemos los autos y la stcia.
    ¿Suspender de funciones hasta que se esclarezcan los hechos sin limites?
    Todo esta tasado en la ley de personal y en el reg. disc. y la suspensión de funciones para casos de grave indisciplina o alarma social tiene un principio y un final.
    La suspensión de funciones en la Guardia civil, no constituye ninguna medida disciplinaria, ni está regulada en el reg. disc!!!!
    es una medida puramente administrativa, la dicta el MISDEF por un plazo de seis meses o mientras dure la presión preventiva,

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