Hay argumentos que fuera del contexto del profundo sectarismo ideológico carecen del más mínimo sentido.
A algunos les "preocupa" que "las relaciones laborales en negro" no tributen IRPF pero casualmente se olvidan de mencionar las cuotas del empleador a la Seguridad Social. Evidentemente ese tipo de fraude debe ser perseguido con los medios adecuados en el ámbito social, o penal si procede, teniéndose presente la situación de necesidad a la hora de agravar o atenuar la responsabilidad de las partes.
Los temas laborales suelen utilizarse para denostar a la inmigración pero habitualmente los argumentos suelen ser muy discutibles. La ley de extranjería contempla un catálogo formado por ocupaciones de difícil cobertura en base a diversos datos proporcionados por las diferentes administraciones los cuales podrán ser ocupados por extranjeros en situación ordinaria. Ese caso contempla la situación nacional de empleo, la cual igualmente se observará a la hora de realizar contrataciones fuera del ámbito anterior y por si eso fuese poco los programas de contratación en origen estipular que para otorgar plena efectividad a la autorización de residencia del extranjero, el empleador, intermediario o apoderado deberá registrar el contrato que da inicio a la relación laboral en los términos acordados y deberá dar de alta en la Seguridad Social al empleado. Por cierto, la competencia de trabajo es de las CCAA.
En cuanto a las relaciones de inmigración irregular y delincuencia hay que ser prudentes ya que el hecho de ser irregular, por sí solo, no es sinónimo de delincuencia ni nada similar. Si algunos de los argumentos relacionando inmigración y delincuencia fuesen ciertos no se habría superado la frenología......
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